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Condenaron a 14 años de prisión al asesino de la mujer en barrio Belgrano

Este lunes se conoció la sentencia contra Hernán Cortés, el único imputado por el crimen de María del Carmen de la Cruz, la mujer asesinada en su vivienda de calle Campichuelo en octubre del 2015. Fue condenado a 14 años de prisión.

Condenaron a 14 años de prisión al asesino de la mujer en barrio Belgrano
lunes 27 de marzo de 2017

Este lunes se conoció la sentencia contra Hernán Cortés, el único imputado por el crimen de María del Carmen de la Cruz, la mujer asesinada en su vivienda de calle Campichuelo en octubre del 2015. Fue condenado a 14 años de prisión.

En la sentencia leída este mediodía en audiencia oral y pública presidida por el juez Marcelo Barrutia, se resolvió condenar a Cortés con la pena de 14 años de prisión efectiva "como autor penalmente responsable del delito de homicidio simple, previsto por el artículo 79 del Código Penal".

También se acercaron a los Tribunales representantes de Unter Bariloche, CTA Río Negro, el Frente de Mujeres de La Cámpora y la Red de Géneros Bariloche quienes expresaron su disconformidad con la sentencia, ya que "trataron como homicidio simple lo que consideramos un femicidio".

En este aspecto, ni el fiscal ni la querella consideró que se trate de un caso de violencia de género, lo que finalmente fue fundamentado por los jueces de la Primera Cámara del Crimen.

Durante el juicio la fiscalía de cámara demostró, más allá de toda duda razonable, que Cortés perpetró el homicidio de De la Cruz y que tras ello, varias horas después, dió aviso a la policía.

El hecho sucedió entre el día 6 de octubre de 2015 y las 4:05 horas del 7 en la vivienda donde residía la víctima, a quien el condenado atacó mediante una golpiza. Durante el transcurso de aquélla, la ahorcó hasta asfixiarla y causarle la muerte.

Según sostuvo Lozada durante el juicio, el "llamado de Cortés a la policía fue producto del ejercicio de su libre albedrío. Es decir, se trató de una decisión libre, voluntaria y sin coacciones previas, dirigida a comunicar que le había quitado la vida a la víctima".

El fiscal de cámara también rechazó el planteo de la defensa del condenado, quien pretendió que el procedimiento en el domicilio de Cortés había supuesto un allanamiento ilegal.

En tal sentido, destacó que "de ningún modo puede considerarse válida la tesis en torno al allanamiento ilegal en el domicilio de Cortés. Por el contrario, el ingreso del personal policial a la vivienda se produjo en función de la expresa solicitud del victimario, ya convencido de la necesidad de dar cuenta del crimen que había cometido horas antes".

El abogado Ricardo Medrano, representante de la querella, había solicitado se le condenara a Cortés como autor del delito de homicidio simple, a una pena de 18 años de prisión. Por su parte, la defensa del acusado planteó su culpabilidad disminuida, conforme al resultado que arrojara la pericia psiquiátrica que se le practicara a Cortés. (Bariloche Opina)

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