viernes 19 de abril de 2024
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Bariloche: Procesaron al agresor de un manifestante anti megaminería

El Juez Martín Lozada dictó el procesamiento de un escribano de Bariloche por haber golpeado al joven Mauro Velázquez en una marcha contra la megaminería meses atrás. El magistrado lo consideró presunto coautor penalmente responsable de la comisión del delito de lesiones graves.

viernes 30 de noviembre de 2012

El hecho investigado por el Juez Lozada ocurrió el día 18 de julio de 2012, entre las 19 y las 20 horas aproximadamente, ocasión en la que el imputado conducía por inmediaciones del Centro Cívico de esta Ciudad la camioneta Toyota Hilux, en compañía de dos personas de sexo masculino.

En dichas circunstancias, al llegar a las arcadas del Centro Cívico, debió detener la marcha de su rodado en razón de que un grupo de manifestantes que se habían auto-convocado en contra de la mega-minería. Es en esta ocasión que la víctima, se encontraba desviando el tránsito para permitir el paso de la gente . Concretamente, se desviaba el tránsito y se impedía con ello continuar por calle Mitre de esta ciudad.

A raíz de dicha situación, el imputado intentó continuar la marcha, motivo por el cual la víctima golpeó a la camioneta. Ante ello, el procesado y sus acompañantes descendieron del vehículo. Luego, sin previo aviso, junto a uno de sus acompañantes, y en convergencia intencional con éste, se acercó a la víctima.

Seguidamente, con la intención de golpear y lesionarlo, el procesado intentó aplicarle un golpe de puño en el rostro, pero la víctima logró eludir el impacto. Acto seguido, su acompañante, -aquél que junto al ahora procesado se había acercado al damnificado para lesionarlo-, le propinó al manifestante un puntapié en la cara que le produjo una fractura inestable del arco cigomático derecho, de la pared del seno maxilar derecho y de la pared de la órbita con compromiso del nervio infraorbitario.

El impacto también produjo a la víctima contenido hemático en el seno y enfisema retrorbitario derecho e importante tumefacción de la hemicara derecha y hematoma periorbitario derecho. Todas las lesiones descriptas son de carácter grave, toda vez que lo inutilizaron para el trabajo por más de un mes. Con posterioridad al suceso, el agresor ascendió nuevamente a su rodado y se retiró del lugar junto a las dos personas referidas.

Si bien consta que el procesado "no fue quién causó las lesiones mediante el golpe que arrojó en contra de la víctima, resulta de lo actuado que tomó directa y activa participación de la ejecución del hecho. Sabemos que para ser coautor no es necesario ser el quien cause el resultado típico, sino que basta con que tome parte en la ejecución del hecho y tenga dominio del hecho. De modo que la circunstancia de que el golpe que arrojara no impactara en el damnificado y sí, en cambio, lo hiciera aquel lanzado por el otro interviniente, se torna irrelevante y no excluye su responsabilidad penal por el resultado lesivo finalmente alcanzado".

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