martes 16 de abril de 2024
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Paritarias: Judiciales rechazan decisión del STJ

La Comisión Directiva del Sindicato de Trabajadores Judiciales de Río Negro rechazó "enfáticamente" la decisión asumida por el Superior Tribunal de Justicia de suspender la reunión paritaria fijada para este jueves por entender que interrumpe de manera unilateral e injustificadamente la negociación colectiva. Los argumentos que fundan dicha decisión, "carecen de base fáctica. Los trabajadores sólo hacemos uso del legítimo derecho de huelga consagrado en la Constitución Nacional como uno de los derechos mas importantes en la historia del movimiento obrero, tanto así como la negociación colectiva. En ningún caso el derecho de huelga puede interpretarse como “una clara e inaceptable medida de presión hacia los integrantes de ese cuerpo”, explicaron.

jueves 27 de febrero de 2014

En un comunicado firmado por el secretario General de Sitrajur, afirmaron que ·en todo caso, deberíamos ser los trabajadores los que eventualmente podríamos haber cortado el diálogo ante la confirmación del descuento del dia de paro del 23 de diciembre. Sin embargo, los judiciales seguimos apostando a la paritaria aun cuando esto, en términos legales, constituye una clara práctica represiva por parte de la patronal".

"Resulta endeble la interpretación que este S.T.J. sostiene sobre la regulación del derecho de huelga ante la negociación colectiva. Como si el derecho de huelga fuera privativo o condicionante de la negociacion colectiva en cualquiera de sus términos, evidenciando esta postura y una vez más, la necesidad imperiosa de tener una ley de convenio colectivo para nuestro sector que regule las paritarias".

"Esta decisión es interpretada por esta Conducción como una débil excusa ante la falta de una respuesta sólida y concreta al legítimo pliego de reclamo presentado, casi su totalidad, desde el año 2012".

Por lo antes expuesto "ratificamos la medida de accion directa resuelta para el jueves 27/02, por enterderla legitima en todos sus terminos, ante la falta de respuestas concretas a los reclamos debidamente fundados".

"Evidentemente, el STJ no solo, no reconoce los derechos consagrados por la constitucion nacional respecto de la negociación colectiva y el derecho de huelga, sino que ademas, se atribuye la potestad de reglamentarlos, mediante una vision sezgada de la realidad, siendo este un claro avasallamiento, no solo a los trabajadores judiciales sino a la clase trabajadora en su totalidad", puntualizaron.

 

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