viernes 29 de marzo de 2024
13ºc Bariloche

Ejecutivo municipal recurre al STJ por resolución del Tribunal de Contralor

El Ejecutivo municipal solicitó al Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro que deje sin efecto las resoluciones del Tribunal de Contralor que generaron un conflicto entre los poderes, por haberse excedido en las funciones que le otorga la Carta Orgánica Municipal. En el escrito argumenta que el ·organismo en cuestión no tiene la potestad de efectuar juicios o valoraciones sobre criterios de oportunidad o conveniencia que le son propias a la gestión ejecutiva·.

Ejecutivo municipal recurre al STJ por resolución del Tribunal de Contralor
jueves 21 de agosto de 2014

Desde el gobierno municipal informaron que se presentó el 15 de agosto pasado un escrito al STJ solicitando dejar sin efecto las resoluciones N° 11 TC 2014 y N° 52 TC 2014 dictadas por el Tribunal de Contralor local, argumentando que dicho organismo "se arrogó facultades propias y exclusivas del Intendente Municipal y emitió los actos administrativos sin tener competencia para su dictado".

En este sentido, manifestó que la orden impuesta al Secretario de Hacienda de practicar las compensaciones con la CEB implica una instrucción de gestión, ajenas a las atribuciones de control y vigilancia que le competen al mencionado órgano. Más aún, no existiendo una norma que regule la realización de tal acción, y siendo que las mismas sólo podrían llevarse a cabo con el consentimiento de la CEB, resultando por tanto imposible imponer al Secretario de Hacienda que por su sola voluntad lleve a cabo las mismas.

"Tal circunstancia no solo conlleva a la nulidad absoluta de las resoluciones impugnadas, sino también a una manifiesta violación al principio de división de poderes propio del sistema republicano de Gobierno, consagrado por la Constitución Nacional, la Constitución de nuestra Provincia y la Carta Orgánica Municipal", indicaron desde el gobierno provincial.

Este conflicto se suscitó cuando el organismo de control dictó la resolución N° 11 TC 2014, intimando al secretario de Hacienda de aquel momento, Ariel Gomis, a regularizar las registraciones pendientes de compensación de deudas recíprocas con la CEB, acordar un mecanismo para mantenerlas al día, y elevar informes periódicos al Tribunal de Contralor; todo ello, bajo apercibimiento de aplicar sanciones pecuniarias.

Luego, mediante Resolución Nº 52 TC 2014 de fecha 22 de julio, el Tribunal de Contralor resolvió aplicar una multa de $ 3.000,00 al nuevo Secretario de Hacienda, Guillermo Perez Gallinger, por no haber cumplido con lo ordenado en la Resolución anterior. Asimismo, resolvió que en caso de no regularizarse la situación en un plazo de 30 días hábiles se aplicarían nuevas sanciones de multa.

El Poder Ejecutivo expuso además en esta presentación, antecedentes de este mismo organismo de manifiesta e indebida injerencia sobre las atribuciones propias y exclusivas que le competen al titular del Departamento Ejecutivo.

En tal sentido, remarcó lo actuado por el Tribunal de Contralor mediante la Resolución N° 21-TC-2014, por la cual intimó al Secretario de Hacienda a dejar sin efecto una disposición que fuera dictada por el mismo funcionario en el marco de sus competencias, cuestión que excede en sus atribuciones.

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