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Juez Arroyo justificó salida excepcional de Bonefoi

A través de un comunicado argumentó la decisión y apuntó contra el Servicio Penitenciario Provincial por no tomar las previsiones necesarios para evitar su fuga.

Juez Arroyo justificó salida excepcional de Bonefoi
miércoles 21 de octubre de 2015

El juez Martín Arroyo ratificó públicamente los motivos que lo llevaron a permitir la salida excepcional con custodia policial de Sandro Bonefoi para visitar a su madre, situación que el detenido aprovechó para fugarse.

El magistrado destacó que la autorización se otorgó "conforme prevé la Ley de Ejecución y receptando los postulados de la moderna doctrina penitenciaria que propicia una paulatina integración con el medio libre a todo condenado -pues ello propicia su reinserción social, objetivo constitucional de las penas privativas de libertad".

Agregó que "si bien la madre del interno podría haberlo ido a visitarlo al Penal, se trata de hacer efectivos los derechos que la propia legislación nacional y supranacional reconoce a las personas que cumplen condenas privativas de libertad (Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, Principios Básicos para el tratamiento de los Reclusos, normativa de Naciones Unidas)".

En este sentido, consideró que es el Servicio Penitenciario quien decide cómo, cuándo y de qué manera efectuará el traslado ordenado y con cuánto personal lo llevará a cabo para evitar posibles fugas. "Ello hace a su responsabilidad funcional".

"Si los jueces tenemos que dejar de reconocer a los ciudadanos los derechos que las leyes prevén, por eventuales deficiencias de los operadores que deben hacer efectivas las mandas judiciales, ningún bien estaremos haciendo al Servicio de Justicia", sostuvo Arroyo.

"En el caso, la autorización excepcional, otorgada por primera vez a Boneffoi, fue conferida en los siguientes términos: autorícese la misma por el plazo de 4 horas, con la debida custodia policial, en horario a convenir con las autoridades del E.E.P. N° 3. No obstante, teniendo en cuenta que para esa misma fecha (18/10/15) se han otorgado autorizaciones similares a otros internos que egresarán también con custodia, la presente se llevará a cabo siempre que exista personal y medios disponibles para trasladar a Sandro Bonnefoi al domicilio del Barrio 169 Viviendas, casa N° 80 de Bariloche, debiendo las autoridades del EEP N° 3 informar al respecto a este Juzgado", explicó.

"No es razonable ni legalmente posible que, por temor a eventuales fugas, en lo sucesivo los jueces tengamos que desoír lo que la propia legislación prevé y debamos -por esa misma razón- negar derechos reconocidos constitucionalmente a las personas privadas de libertad", concluyó. (Bariloche Opina)

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