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Caso Lucas Muñoz

Caso Muñoz: Meyreles y Valenzuela recuperaron su libertad

Este jueves el sargento de la Policía de Río Negro, Néstor Meyreles y el oficial Federico Valenzuela recuperaron su libertad por disposición de la Cámara Segunda del Crimen, aunque continúan implicados en una causa por abuso de autoridad.

Caso Muñoz: Meyreles y Valenzuela recuperaron su libertad
viernes 23 de septiembre de 2016

Este jueves el sargento de la Policía de Río Negro, Néstor Meyreles y el oficial Federico Valenzuela recuperaron su libertad por disposición de la Cámara Segunda del Crimen, aunque continúan implicados en una causa por abuso de autoridad, en el marco de la causa Muñoz. De esta manera se hizo a lugar a la apelación efectuada por sus defensores particulares.

Con el voto rector del juez Gregor Joos se resolvió hacer lugar a la apelación efectuada por los defensores particulares de Federico Oscar Valenzuela Campos y Néstor Adrián Meyreles, de manera parcial, revocando la calificación legal de encubrimiento agravado, manteniendo limitado el encuadramiento legal al de abuso de autoridad conforme artículo 248 del Código de Fondo.

Cabe señalar que el juez de instrucción Bernardo Campana dictó el procesamiento con prisión preventiva de ambos, por considerarlos -prima facie- co-autores penalmente responsables de los delitos de encubrimiento agravado y abuso de autoridad los cuales concurren en forma ideal, en causa conexa por la investigación del homicidio del oficial Lucas Muñoz.

El voto rector señala, entre otras consideraciones, que "se encuentra probado que los imputados sin autorización ni conocimiento de la autoridad judicial competente, en exceso de sus funciones, efectuaron la maniobra imputada. Conducta que además merece mayor atención, en tanto se trata de una actividad que afecta claramente derechos constitucionales fundamentales, que hacen a la privacidad de las personas, y que por lo tanto, solo puede ser dispuesta de manera justificada por un juez. Como lo hizo en este caso el juez Campana.

"Esta gestión si se quiere paralela de los imputados, constituye claramente una actividad ilícita que debe ser reprochada sin lugar a dudas. Adelantamos que esta conducta encuadra en la figura penal seleccionada por el juez, esto es, abuso de autoridad", agregó.

Hasta la fecha, "solo se sabe que Lucas Muñoz murió víctima de un homicidio, al parecer ocurrido días después de su desaparición, pero después de la actividad aquí enrostrada a los encartados. Se desconoce como desapareció. La respuesta, según las constancias obrantes en esta causa, no es unívoca. Admite interpretaciones. De esta manera, el planteo de la defensa, cuestionando la calificación legal de encubrimiento, tiene sustento. Para vincularlos al delito de encubrimiento debe existir una hipótesis cierta, una "teoría del caso" sobre lo ocurrido ese día 14 de julio, que constituya delito y luego, que esto haya sido de conocimiento de ambos imputados y en función de ello hayan decidido "desviar la investigación". Pero en esta causa no es posible sostener que los imputados hayan encubierto un delito. En su caso, tampoco podemos descartar la finalidad por ellos alegada".

"Lo que es claro, es que en esta causa, no surgen elementos objetivos que permitan afirmar que al día siguiente de la desaparición de Muñoz, los imputados hayan generado esta maniobra con la finalidad de encubrir un hecho delictivo", remarcó.

De esta manera, el juez consideró que los imputados no están en actividad dentro de la policía, por lo que su arraigo se encuentra seriamente deteriorado por ello. Este argumento no justifica que los imputados hayan de darse a la fuga, dejando su familia, bienes y su trabajo ante la amenaza de una pena que tiene un mínimo de un mes a dos años de prisión.

Por otro lado, argumentaron que "la privación de libertad pudo estar justificada en función de los antecedentes citados por el juez, pero hoy han perdido vigencia en tanto la prueba de este caso ya fue producida".

Es por eso que se hizo lugar al recurso de las defensas, disponiendo la libertad bajo caución juratoria, previa fijación y constatación del domicilio, fijando como reglas de conducta la presentación periódica ante la autoridad judicial, y toda aquella que el juez de instrucción considere oportuna.

El voto contó con la adhesión de los Jueces Leguizamón Pondal y Marigo. Se encuentran debidamente notificados los imputados y sus letrados defensores Rodolfo Rodrigo y Gustavo Godoy. (Bariloche Opina)

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