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Procesan al conductor acusado de atropellar a Félix Ledesma

El juez de instrucción Bernardo Campana dictó el procesamiento de Héctor Carrasco por considerarlo presunto autor penalmente responsable de Homicidio Culposo de la muerte de Félix Ledesma, ocurrida cuando circulaba en su bicicleta en Circunvalación.

Procesan al conductor acusado de atropellar a Félix Ledesma
miércoles 30 de noviembre de 2016

El juez de instrucción Bernardo Campana dictó el procesamiento de Héctor Carrasco por considerarlo presunto autor penalmente responsable de Homicidio Culposo, por el hecho ocurrido el 22 de noviembre de 2015 donde murió Félix Ledesma al ser atropellado en Circunvalación.

La Fiscalía imputó al conductor el hecho ocurrido cuando conducía el vehículo Fiat Uno Fire, por la Ruta de Circunvalación a la altura del kilómetro 2034, en sentido Este- Oeste, hacia la rotonda conocida como "Diarco".

En tales circunstancias, debido a una desatención en la conducción, al ingresar en una curva perdió el control del vehículo, comenzó a circular por la banquina y embistió con la parte frontal a Félix Ledesma, quien circulaba por la banquina Norte en sentido opuesto, a bordo de una bicicleta Mountain Bike.

Es así que el imputado condujo "en forma negligente y antirreglamentaria" toda vez que violó el deber de cuidado, desatendiendo las condiciones del tránsito.

Asimismo no mantuvo el debido control del vehículo que conducía manteniéndolo dentro de la cinta asfáltica, provocando el ingreso a la banquina y el consecuente impacto que se produjo sobre la misma (art. 39 y 48 Ley de Tránsito). Como consecuencia del impactó perdió la vida Félix Ledesma debido a las severas lesiones sufridas.

Se ha consignado que del análisis de la totalidad del material probatorio reunido en autos se encuentra acreditada la materialidad y autoría responsable del hecho enrostrado como así la responsabilidad penal de en la oportunidad, con el grado de probabilidad exigidos por nuestro ordenamiento legal, para esta etapa del proceso.

Con respecto a la calificación legal, se ha destacado que la conducta desplegada por Héctor Carrasco, reúne la totalidad de los elementos exigidos por el tipo penal, esto es el de Homicidio Culposo.

En este marco se señaló que la negligencia del accionar quedó en evidencia, ya que "...en las actividades reglamentadas o legisladas (como ocurre en el tránsito) las infracciones normativas son indicios de la violación del deber de cuidado, y está claro que Carrasco ha violado la Ley de Tránsito vigente al conducir fuera de la calzada y por ende no respetar su vía".

"Además quedó demostrado, en virtud de la peritación accidentológica y fotografías extraídas por la prevención, que Carrasco embistió a Ledesma fuera de la calzada, omitiendo así toda diligencia que requería el acto. No es un dato menor que el hecho ocurrió en horas de la tarde y que había buena visibilidad", remarcaron las fuentes judiciales.

También recordaron que "Carrasco no estaba bajo los efectos del alcohol, por lo cual sus sentidos no estaban bajo los efectos de ninguna contaminación y/o sustancia y aún así perdió el control de su rodado, entonces la explicación del resultado no querido es justamente su negligencia al volante".

Cabe señalar que esta resolución fue apelada por la Defensa del imputado. (Bariloche Opina)

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