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Caso Muñoz: Sobreseen a cuatro ex jefes policiales

El Juez Bernardo Campana dictó el sobreseimiento total de David Paz, Jorge Omar Elizondo, José Ismael Jaramillo, y Manuel Adolfo Poblete, imputados en causas conexas a la investigación por el crimen del oficial Muñoz.

jueves 16 de febrero de 2017

El Juez Bernardo Campana dictó el sobreseimiento total de David Paz, Jorge Omar Elizondo, José Ismael Jaramillo, y Manuel Adolfo Poblete, por diversos hechos que se formularon en forma conexa a la investigación por la desaparición y muerte del Oficial Lucas Muñoz.

Por caso, a Manuel Poblete en su condición Crio. Inspector de la Policía de Río Negro, y desempeñándose como Segundo Jefe de la Unidad Regional Tercera, con asiento en esta ciudad haber omitido cumplir con los deberes inherentes a su función, conforme con el reglamento de Unidades Regionales establecido mediante decreto Nº 363/2002.

A Jorge Omar Elizondo y José Ismael Jaramillo, en carácter de Comisario y Sub Crio. a cargo de la Unidad 42, no haber cumplido con su responsabilidad a tenor de lo previsto en el Decreto Nº 2248-93 (Reglamento de Unidades de Orden Público).

Habiendo debido Poblete asumir la responsabilidad de velar por el correcto funcionamiento de los servicios a cargo de la descentralización operativa, omitió controlar, supervisar y coordinar las tareas correspondientes de sus subordinados.

Concretamente, ante la súbita desaparición del Oficial Lucas Damián Muñoz quien el día 14 de julio de 2016, a partir de las 13,00 hs. debía presentarse a cumplir con el servicio policial en la comisaría 42ª de esta Ciudad sin ninguna noticia acerca de su paradero, hasta que fue hallado sin vida, víctima de un homicidio, el día 10 de agosto de 2016 en horas del mediodía, en un sector próximo a la unidad policial lindero con la ruta de circunvalación.

Sostuvieron además los Fiscales que el incorrecto desempeño de Poblete , en su función, se había visto reflejado en distintos aspectos, por caso, no dar curso inmediato a las actuaciones sumariales ni impartiesen las directivas previstas por la reglamentación policial en una situación que denotaba gravedad.

Asimismo, indicó la Fiscalía que dicha falta de supervisión y coordinación inherente a la investidura de Poblete implicó que dos efectivos de la fuerza, de manera ilegal, sin orden escrita y fundada de autoridad competente se introduzcan desde las 22 hs. del 14 de julio de 2016 en el hotel sito en la calle Moreno 594 , tratándose del domicilio de Lucas Muñoz, a cuya habitación de forma ilegítima accedieron dos oficiales.

A su vez, el Ministerio Público imputó haber entorpecido, mediante diversas acciones, la investigación por demora y falta de coordinación en las acciones, impidiendo de ese modo un operativo eficaz y organizado para encontrar con vida a Lucas Muñoz. El fiscal a su vez, atribuyó a Almendro David Paz que estado a cargo del Cuerpo de Seguridad Vial, faltó a su deber como responsable operacional de la dependencia , omitiendo los deberes inherentes a su investidura.

Esta causa se inició e instruyó a partir de la promoción Fiscal que fue suscripta el día 27 de julio de 2016 por el Dr. Guillermo Lista.

Ante el sobreseimiento instado por la defensa del Comisario Paz, se corrió vista al Fiscal, oportunidad en que postularon el sobreseimiento, de igual manera se postuló por parte del Ministerio Público el sobreseimiento de Manuel Poblete, toda vez que no se confirmó que Poblete haya efectivamente omitido algún acto que se encontraba obligado a realizar como Segundo Jefe de la Unidad Regional III .

Es decir que los Fiscales consideraron que la presente investigación se encuentra agotada y tras analizar las distintas pruebas que se se han incorporado a la causa, afirmaron que debía adoptarse un temperamento definitivo en su favor, por aplicación de lo dispuesto en el art. 306 inc. 1ro. del Código Procesal Penal, con relación a las conductas que en su momento les fueron atribuidas. (Prensa Poder Judicial)

 

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