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Piden que no se descuente el presentismo durante el temporal de nieve

La Defensora del Pueblo, Beatriz Oñate, solicitó que los trabajadores no pierdan el presentismo ni sean suspendidos por haber llegado tarde o faltado durante el temporal de nieve.

Piden que no se descuente el presentismo durante el temporal de nieve
miércoles 26 de julio de 2017

La Defensora del Pueblo de Bariloche, Beatriz Oñate se reunió con integrantes de la CGT Zona Andina y Comarca, a fin de manifestarle su preocupación ante el impacto que las inclemencias climáticas de Bariloche pudiera tener en los salarios de los trabajadores.

Del encuentro participaron el secretario General de la CGT Luis Cionfrini y su par de Prensa, Nicolás Gonzalez, donde abordaron el requerimiento de la Defensora, quien envió una nota dirigida a la Cámara de Comercio, Cámara de Turismo, Ministerio de Trabajo de Nación, Delegación Zonal de Trabajo de Río Negro y a la CGT, solicitando a que los trabajadores no pierdan su presentismo ni sean suspendidos, por haber faltado o llegado tarde durante los días donde la nieve no permitió llegar con normalidad a sus puestos de trabajo.

La misiva sostiene que: “a raíz del fuerte temporal de nieve que azotó a Bariloche y la región, son públicas las complicaciones que se generaron en la vida cotidiana de los barilochenses” y detalla: “falta de suministro de energía eléctrica, calles intransitables, transporte urbano suspendido o con serias demoras y diversas anormalidades, que dificultaron la llegada y asistencia de cada uno de los trabajadores a sus respectos empleos”.

El pedido de Oñate, insta a estos organismos y entidades a que inviten a las empresas locales, a tener en cuenta esta situación para que los trabajadores no se vean afectados por situaciones que les son ajenas, con descuentos del presentismo o suspensiones.

Por su parte, la CGT presentó un escrito sobre las consideraciones legales en relación a la inasistencia al trabajo, por causa de las inclemencias meteorológicas. Allí aclaran que si bien no existe en la legislación laboral, una regulación expresa de tal circunstancia, la jurisprudencia tiene declarado de forma generalizada, que siempre que se pueda constatar con certeza que el trabajador/a no pudiese acudir a su trabajo o llegase tarde al mismo, no cabe desde luego, sancionarle la no asistencia, dado que se trataría de una ausencia justificada por causa de fuerza mayor.

Por lo tanto, esta circunstancia no puede ser imputable a su persona y no corresponde el descuento del presentismo, considerando además que, en tales circunstancias, no se le puede exigir la asunción de un riesgo excesivo, que incluso pueda poner en peligro su propia integridad física.

Siendo de público conocimiento toda la situación que se está viviendo, existe absoluta certeza de la existencia de la imposibilidad de los trabajadores de asistir a sus lugares de trabajo o llegar tarde a los mismos, quedando justificadas las inasistencias o llegadas tarde de los trabajadores con goce íntegro de haberes y sin ningún descuento de presentismo.

Las autoridades pertinentes deberán arbitrar las medidas necesarias para que lo aquí señalado sea de cumplimiento efectivo, tomando conocimiento los empleadores y asumiendo la responsabilidad que les compete.

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