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Muerte por monóxido de carbono: Condenaron a la dueña del departamento

El Juez de Juicio Gregor Joos condenó a la dueña de un departamento de calle Rivadavia como autora del delito de homicidio culposo agravado, tras a muerte de una mujer con sus dos hijos por monóxido de carbono. Ocurrió el 20 de agosto de 2015.

Muerte por monóxido de carbono: Condenaron a la dueña del departamento
viernes 13 de abril de 2018

El Juez de Juicio Gregor Joos condenó a tres años de prisión en suspenso la dueña de un departamento de calle Rivadavia como autora del delito de homicidio culposo agravado, tras a muerte de una mujer con sus dos hijos por monóxido de carbono.

En el marco de un juicio abreviado llevado a cabo este viernes, la fiscal Betiana Cendón solicitó se condene a la propietaria del lugar a tres años de prisión en suspenso por el delito de homicidio culposo agravado por ser más de dos las víctimas fatales.

El hecho ocurrió el día 20 de agosto de 2015, entre las 00.00 y las 11.00 horas en un departamento situado dentro de un terreno de calle Rivadavia al 1700. Allí se ubican cuatro viviendas de propiedad del padre de la acusada y fallecido a la fecha. Las mismas son administradas en la actualidad por la imputada quien las ofrece en alquiler.

En ese lugar Claudia Ocampo alquiló uno de los departamentos que se encuentra al fondo del terreno para vivir con dos hijos pequeños, los que perdieron la vida por inhalación de monóxido de carbono. Todo ello debido a que la acusada "no tuvo el deber de cuidado respecto a la instalación del suministro de gas, no encontrándose declarada ni inspeccionada por el personal de Camuzzi Gas del Sur", según expresó Cendón.

Oportunamente se pudo determinar que la instalación de la vivienda era clandestina, el conducto de ventilación del termotanque no descargaba los gases de combustión hacia el exterior. Asimismo, el único calefactor de la vivienda tenía obstruida la salida de gases de combustión por medio de una lata y un par de placas de madera. Su cámara de combustión presentaba signos de corrosión y rotura ya que no está sujeta de forma rígida. La tapa del quemador se presentaba torcida y abierta, permitiendo de esta manera la fuga de gases quemados hacia el interior de la vivienda.

En virtud de las falencias en la instalación y funcionamiento de los artefactos, ésto producto del "comportamiento negligente de la imputada", se generó la combustión de gases hacia el interior de la vivienda, produciendo la muerte de Ocampo y sus hijos menores.

Lo descripto encuadra en los delitos de homicidio culposo agravado por ser más de dos las víctimas fatales, figura prevista y penada en el artículo 84 primero y segundo párrafo del Código Penal, en calidad de autor.

Sumó la fiscal al material probatorio "que consideró vasto y contundente para sostener la calificación legal y la pena pretendida"; actas de procedimientos policiales, testimonios de la hermana de la víctima y de vecinos que alquilaban en el mismo complejo de viviendas, peritajes, entre otros.

La acusada acompañada por el defensor oficial Juan Pablo Laurence, reconoció su responsabilidad en la comisión del hecho, acordó con el monto de la pena impuesta, todas ellas condiciones necesaria para la realización de un juicio abreviado y generar este acuerdo de partes enmarcado en el artículo N° 212 del Código Procesal Penal .

El Juez de Juicio Gregor Joos condenó a la mujer como autora del delito de homicidio culposo agravado por ser más de dos víctimas y por la prueba presentada por la fiscalía. Acto seguido procedió a homologar el acuerdo entre las partes e impuso la pena de tres años de prisión en suspenso. (Bariloche Opina)

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