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Imputaron a López Giovanelli por 56 hechos de estafa y 11 de defraudación

Se le atribuye a la mujer la comisión de 56 hechos de estafa llevados a cabo en San Carlos de Bariloche, en el período comprendido entre el 2 de mayo de 2016 y los últimos días del mes de abril de 2017.

Imputaron a López Giovanelli por 56 hechos de estafa y 11 de defraudación
martes 18 de septiembre de 2018

Las fiscales Alejandra Bartolomé y Silvia Paolini, junto a su equipo de la Unidad Fiscal, formularon cargos en la mañana de hoy a Magdalena López Giovanelli por los delitos de estafa y defraudación, cometidos en su condición de agente vendedora de viajes turísticos, entre el año 2016 y 2017.

Se le atribuye a la mujer la comisión de 56 hechos de estafa llevados a cabo en San Carlos de Bariloche, en el período comprendido entre el 2 de mayo de 2016 y los últimos días del mes de abril de 2017.

En dichas ocasiones la imputada, en su condición de agente vendedora de viajes turísticos, ofreció y vendió a los damnificados paquetes turísticos con diversos destinos y fechas a partir del mes de abril de 2017, a cambio de los cuales los denunciantes abonaron diferentes sumas de dinero a través de múltiples medios de pago (en efectivo,
mediante tarjetas de crédito y por transferencias bancarias).

Sin embargo la imputada nunca realizó las gestiones que conforme lo acordado con sus clientes le correspondían en cada caso, consistentes en la reserva y posterior adquisición de pasajes aéreos, seguros, hotelería y/o traslados; ni aplicó a los viajes contratados el dinero que le fuera entregado, habiéndole dado otro destino con conocimiento del perjuicio patrimonial que esta maniobra generaría a sus clientes. Los cuales a raíz de ese accionar no obtuvieron los viajes en los términos acordados ni reparación económica alguna.

Para llevar a cabo dichas maniobras, la imputada en determinadas oportunidades se habría aprovechado de la confianza depositada por sus clientes, toda vez que López Giovanelli contaba con amplia trayectoria en el rubro y en algunos casos mantenía relaciones de amistad con sus clientes.

En otras ocasiones se valió de las estructuras comerciales de dos agencias de viajes, en cuya representación actuó, logrando de ese modo darle apariencia de legitimidad a su
actividad. Asimismo, habría desplegado otros medios engañosos con el fin de simular una realidad inexistente, otorgarle mayor credibilidad a su actividad y así inducir a error a las damnificados con el propósito de apropiarse de su dinero.

Dichos medios consistieron en comunicaciones vía correo electrónico y por teléfono referidas a los viajes, impresión de vouchers, entrega de recibos y constancias de seguros y reservas -reales y apócrifas-, las cuales proporcionó a sus clientes a sabiendas de que las mismas se caerían porque no habría de abonarlas.

Se le endilgó además la comisión de once hechos, sucedidos en el período comprendido entre el mes de noviembre de 2016 al 25 de abril de 2017. Valiéndose la imputada de los datos de las tarjetas de crédito de algunos de los damnificados antes mencionados, (los que obtuvo en oportunidad en que éstos se los confiaran para concretar pagos de viajes genuinos). Obrando entonces de modo fraudulento tal como menciona la acusación y mediante el uso no autorizado de los datos de las tarjetas como de sus titulares, (operando mediante servicios de internet), realizó varias compras lo que causó perjuicio patrimonial.

Lo anteriormente descripto constituye el delito de estafas reiteradas (56 hechos) y defraudación con tarjetas de crédito (11 hechos), en calidad de autor de acuerdo con los artículos 45, 55, 172 y 174 inciso 15 del Código Penal.

La imputada acudió a la audiencia asistida por el Defensor Oficial Marcelo Alvarez Melinger, quien no manifestó objeciones a la formulación de cargos. En cambió requirió se detalle en cada caso descrito si aún continuaba el perjuicio económico de quien resultó victima.

La Jueza de Garantías Romina Martini dió por formulados los cargos, y otorgó el plazo de cuatro meses para llevar a cabo la pesquisa preliminar; por considerar que lo descripto reúne los requisitos para ser formulado como hecho penal. Ordenó finalmente se mantengan las pautas de conducta impuestas oportunamente.

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