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Muerte del bebé: La Defensa pidió que una entidad bonaerense no sea querellante

El abogado defensor Marcos Cicciarello pidió la nulidad o la revocatoria del decreto fiscal que aceptó a la Asociación Equipo de Prevención de Abuso y Maltrato de Menores (EPAMM) de Buenos Aires como querellante en la causa del bebé muerto.

Muerte del bebé: La Defensa pidió que una entidad bonaerense no sea querellante
martes 11 de junio de 2019

El abogado defensor Marcos Cicciarello pidió la nulidad o la revocatoria del decreto fiscal que aceptó a la Asociación Equipo de Prevención de Abuso y Maltrato de Menores (EPAMM) de Buenos Aires como querellante en la causa del bebé muerto. De todas maneras la argumentación de la Defensa no fue resuelta porque los representantes de la entidad no pudieron estar en la audiencia.

Luego que la jueza de Garantías, Romina Martini, rechazara la formulación de cargos planteada por la fiscal Betiana Cendón contra la contra la madre del bebé hallado muerto en su vivienda, la asociación civil Epamm con domicilio en San Isidro, Buenos Aires, se presentó como querellante, siendo aceptada por la Fiscalía.

Ante esto, Cicciarello se opuso por cuestiones "de forma, de fondo" y por "irregularidades en la propia vida institucional de la organización", y pidió a Martini que revoque o nulifique el decreto fiscal que aceptó a esa oganización como querellante.

Durante la audiencia celebrada este martes, Cicciarello dio un minucioso detalle sobre los fundamentos que apoyaron el planteamiento, ante la presencia de dos abogados de la entidad. 

De todas maneras, la jueza señaló que al ser abogados patrocinantes y no representantes, no tenían poder ni estaban habilitados a actuar por sí mismos, sin la presencia de las autoridades de la organización, quienes no pudieron llegar desde Buenos Aires.

Al momento de tener la palabra, los abogados Lucas Jankovic y Alejandro Valdés, indicaron que se encontraban presentes justamente para pedir la suspensión de la audiencia, y luego de escuchar a Martini, se retiraron de la sala.

Como base a su pedido de ser querellante en la causa, EPAMM había invocado al artículo 55 del Código Procesal, donde se indica que "las entidades del sector público podrán ser querellantes, como así también toda organización que acredite un interés legítimo en el caso y éste se relacione con su objeto institucional".

(Bariloche Opina)

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