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Justicia Federal hizo lugar al planteo de una empresa de alquiler de motos y Aduana deberá pagar las costas

El Juzgado Federal de Zapala hizo lugar a una demanda contenciosa administrativa presentada por la firma chilena Motoaventura Ltda y revocó una resolución de la Dirección de Aduanas, mediante la cual se multó en mayo de 2017 a la firma trasandina.

Justicia Federal hizo lugar al planteo de una empresa de alquiler de motos y Aduana deberá pagar las costas
jueves 26 de diciembre de 2019

El Juzgado Federal de Zapala hizo lugar a una demanda contenciosa administrativa presentada por la firma chilena Motoaventura Ltda y revocó una resolución de la Dirección de Aduanas, mediante la cual se multó en mayo de 2017 a la firma trasandina por una supuesta infracción al régimen de ingresos y egresos del país de una motocicleta de alquiler.

El magistrado revisó las actuaciones y comprobó que todo se originó a partir de un error propio de la Aduana, que no registró correctamente un paso del vehículo afectado desde Argentina hacia Chile.

En la sentencia del Juzgado Federal de Zapala le dio la razón a la empresa – representada por el abogado barilochense Juan Ignacio Gigena- y dejó sin efecto una multa que incorrectamente había aplicado el organismo nacional dependiente de AFIP, a la firma de alquiler de motocicletas Motoaventura Ltda.

El conflicto se originó el 20 de abril de 2016, cuando un turista regresaba a Chile por el paso Mamuil Malal a bordo de la motocicleta BMW de alquiler perteneciente a Motoaventura, la cual fue secuestrada por una supuesta grave irregularidad que en realidad no había sido tal.

Se acreditó luego que la supuesta grave irregularidad, en realidad, había sido un error administrativo de la propia Administración Nacional de Aduanas, que no registró correctamente el paso anterior del motovehículo hacia Chile en marzo de 2016 por el paso Cristo Redentor. En concreto, en un viaje anterior, otro turista había ingresado la motocicleta hacia Argentina y regresó a Chile con toda la documentación en regla. Pero Aduana no registró ese paso desde Argentina hacia Chile y consideró que el vehículo había superado el plazo de permanencia en el país.

Tan llamativa fue la situación que la propia Aduana no realizó observaciones cuando el motovehículo reingresó a la Argentina con otro turista al mando y si, por el contrario, las puso cuando el nuevo turista regresaba a Chile. El vehículo fue secuestrado, la firma propietaria del mismo fue multada y todo derivó en la demanda que ahora resolvió la Justicia Federal de Zapala, dándole la razón al abogado patrocinante de la compañía.

El mal procedimiento del organismo nacional generó un alto perjuicio a la empresa, debido a que durante casi cuatro años mantuvo secuestrada e inutilizada una motocicleta de alta gama, cuando en realidad no había incurrido en irregularidades de ningún tipo.

Además, a partir de dicha situación, en todos los pasos fronterizos se cargó un “alerta” – por la irregularidad que nunca existió de parte de la rentadora- generando importantes demoras a los turistas que intentaron cruzar hacia Argentina, desde Chile.

Entre las consideraciones del juez de Zapala, se remarcó que “es cuestionable la decisión adoptada en sede administrativa ya que no terminó de establecer la veracidad del formulario que fuera presentado por la empresa chilena, que por lo demás aparece intervenido por ambas aduanas” y concluyó “En su mérito esa falta de comprobación de hecho imputado no puede jugar en contra de los intereses del actor y por ello no debe ser condenado a abonar la multa impuesta”.

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