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No se cobrará el libre deuda a quienes tengan sus pagos al día

Mediante una resolución la Municipalidad eximirá del pago del Libre Deuda a los contribuyentes que se encuentren "al día". Así lo explicó el secretario de Hacienda municipal, Diego Quintana.

No se cobrará el libre deuda a quienes tengan sus pagos al día
miércoles 22 de enero de 2020

Mediante una resolución la Municipalidad eximirá del pago del Libre Deuda a los contribuyentes que se encuentren "al día". Así lo explicó el secretario de Hacienda municipal, Diego Quintana.

En diálogo con Bariloche Opina, el funcionario dijo que "desde el año pasado venimos incorporando una serie de descuentos, en caso de la TISH, para quienes estén sin deuda, que sean buenos cumplidores, como una manera de ser considerados con los vecinos".

Dentro de eso "hay muchos que solicitan el certificado de Libre de deuda o para renovar la habilitación comercial, la de un taxi o sacar la licencia de conducir, y que tenía un costo de $450 pesos. Esto generaba malestar en los contribuyentes".

"Lo que hicimos a partir de la Resolución fue eximir del pago a quienes al momento de solicitar este certificado, no tengan deuda", remarcó.

"Esto tiene que ver con un conjunto de medidas que la Municipalidad viene tomando, de considerar la situación o la calidad del contribuyente frente al resto", advirtió.

La resolución establece lo siguiente:

Certificado de Libre Deudas:

* Contribuyentes sin deuda con el Municipio: sin costo, no se aplicará lo establecido por el Inc. K) del art. 59 de la Ordenanza Tarifaria por la solicitud de un certificado por mes calendario;

* Contribuyentes sin deuda con el Municipio: Se aplicará lo establecido por el Inc. A) del art. 59 de la Ordenanza Tarifaria ($90) por la solicitud de mas de un certificado por mes calendario;

Certificados de Deuda no Exigibles:

* En estos casos, se aplicará lo establecido por el Inc. K) del art. 59 de la Ordenanza Tarifaria. ($ 450).

Reglamentar el cobro de derecho de oficina por la consolidación de deudas, certificados de deuda, informes de deuda de tránsito y/o similares, realizadas en los departamentos dependientes de la secretaria de hacienda y toda otra dependencia municipal, estableciendo un costo administrativo por la realización de los mismos, de 5 veces el valor establecido por el Inc. J) del art. 59 de la Ordenanza Tarifaria. ($400).

Certificado de Libre Deudas Transito:

* Contribuyentes sin deuda con el Municipio: sin costo, no se aplicará lo establecido por el punto 0) del art. 60 de la Ordenanza Tarifaria por la solicitud de un certificado por mes calendario;

* Contribuyentes sin deuda con el Municipio: Se aplicará lo establecido por el Inc. A) del art. 59 de la Ordenanza Tarifaria ($90) por la solicitud de mas de un certificado por mes calendario;

* Contribuyentes con deuda no exigible: en estos casos, se aplicará lo establecido por el punto 0) del art. 60 de la Ordenanza Tarifaria. ($ 400);

(Bariloche Opina)

 

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