viernes 26 de abril de 2024
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Procesaron a Sandro Bonefoi por agresión a periodistas

El Juez Martín Lozada ordenó el procesamiento de Sandro Fabián Bonefoi por considerar que existen elementos claros y concordantes para considerarlo presunto autor del delito de Amenazas a los periodistas de Canal 6 de Bariloche, Mario Sandoval y José Luis Reybaud.

viernes 14 de diciembre de 2012

El hecho ocurrió el 14 de julio pasado en horas de la mañana, en el primer piso del Palacio Municipal, sito en el Centro Cívico de esta localidad momento en el que Bonefoi increpó al cronista y su camarógrafo. Tras ello los periguió hacia el exterior del edificio, iniciando en el trayecto un tenso diálogo en el marco del cual les expresó de modo intimidante diversas frases referidas a su trabajo y a los directivos del Canal. 

Al momento de prestar declaración Bonefoi declaró que el día del hecho "no estaba bien de ánimo".

Lozada consideró que "a la luz de las constancias probatorias reunidas en la presente investigación y con el alcance de esta etapa preparatoria, tanto la materialidad del hecho, la autoría y la responsabilidad del sometido a proceso están acreditadas".

La prueba reunida, permiten concluir que Sandro Bonnefoi formuló las manifestaciones que se le atribuyen y que además lo hizo para intimidar y amedrentar a los periodistas. Incluso, se ha probado que logró dicho objetivo.Si bien Bonefoi sostuvo, al ejercer su defensa, que no tuvo ánimo de incurrir en el delito, el registro audio-visual prueba lo contrario, y el mismo es motivo suficiente para descartar su versión de lo ocurrido.Además, no debe pasar desapercibido que Bonefoi antes de que se presentara el equipo de Canal Seis, ya había realizado afirmaciones en contra del mismo y que incluso había dicho que los iba a esperar. Todo ello prueba el dolo requerido por la figura penal contemplada en el primer párrafo del art. 149 bis del C.P.

Se ha verificado entonces que Sandro Bonefoi sin motivos legítimos y sin pasar por los medios o por el fin de otro delito, les anunció a los damnificados males futuros, entre ellos que serían lesionados (lo que se infiere del verbo pinchar) o incluso golpearlos. Dichos males además dependían de la voluntad del imputado. Agregó el Magistrado que "...Además advierto, que el anuncio, en las circunstancias en las que se produjo, fue serio y que la amenaza fue grave, injusta e idónea para afectar el bien jurídico contemplado en la figura penal, es decir la tranquilidad de la que tiene derecho a gozar cualquier habitante de nuestro país..."

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