viernes 26 de abril de 2024
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Galaverna justificó el accionar de la Defensoría

La Defensora del Pueblo de Bariloche, Andrea Galaverna, expresó a través de un comunicado su posición en relación al voto joven. La funcionaria había sido cuestionada por los concejales por haber presentado un amparo para posibilitar la participación de los menores en el acto electoral que pudo poner en riesgo la realización del mismo. 

Galaverna justificó el accionar de la Defensoría
sábado 07 de septiembre de 2013

Galaverna justificó su accionar afirmando que "entre las obligaciones que le competen a esta Defensoría está la de dar respuestas a  las demandas de  los ciudadanos y ciudadanas de la ciudad que formulan reclamos hacia el Municipio local.

"Según establece el articulo 46 de la Carta Orgánica Municipal, la función del Defensor del Pueblo es la de “defender y proteger los derechos, garantías e intereses, concretos y difusos, de los individuos y de la comunidad, tutelados por  la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y esta Carta Orgánica, ante hechos, actos u omisiones de la administración. El mismo actúa con autarquía financiera, plena autonomía funcional y sin recibir instrucciones de ninguna autoridad.”

Explicó que ante la presentación de un grupo de jóvenes mayores de 16 años, que se acercó a esta Defensoría para solicitar nuestra intervención para garantizarles su inclusión en los padrones municipales, y así  ejercer su derecho al voto en elecciones locales, "ésta Defensora abordó la problemática, amparados en legislación nacional y provincial vigente y en vista a que éstos jóvenes ya votaron en las elecciones denominadas PASO y están habilitados a votar en las próximas elecciones nacionales".

Manifestó además que "esta Defensoría agotó los pasos administrativos necesarios para que se arbitren medidas para garantizar ese derecho, recomendado a través de la Resolución Nro 206-DP-13.  Los argumentos constan en la acción de amparo y están en conocimiento del Concejo, ya que se le notificó mediante oficio judicial,y ese cuerpo respondió por escrito presentado ante la Justicia el día 29/08/13".

Recordó que "que la  Defensoría  puede acudir a la justicia porque así lo habilita la Ordenanza 1749-CM-09 y la propia Cámara de Apelaciones Civil de Bariloche, la  ha admitido sin cuestionar la personería".

"Que presentar un recurso de amparo de ningún modo se trató de una “operación política” para intentar frenar las elecciones. Que no se corrió riesgo alguno, ya que la interpretación de peligro de suspensión de los comicios es propia de quien lo afirma. Ni nuestro escrito, ni la contestación de amparo, ni el fallo,  ni norma alguna emiten juicio de opinión sobre la posible suspensión. De hecho, los dos hipotéticos resultados de la presentación así lo indican: si se hubiera hecho lugar al amparo no se hubiesen suspendido las elecciones -ya que los jóvenes hubieran ejercido su derecho al voto-, y ante el resultado adverso, los hechos indican que tampoco se suspendieron".

Galaverna citó como ejemplo un caso en el que ante un planteamiento similar en la Municipalidad de Puerto Madryn, la Justicia avaló la participación de los jóvenes de esa localidad participar de las elecciones aun cuando su Carta Orgánica es similar a la de nuestra ciudad.

Por último, ratificó que "la Defensoría a mi cargo tomará todas las medidas pro activas necesarias para proteger la institucionalidad y los derechos, en pos de fortalecer la construcción de ciudadanía". (BO)

 

 

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