viernes 26 de abril de 2024
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Se realizó la audiencia de impugnación en la causa por la muerte de un bebé

El fallo del tribunal de Impugnación se conocerá en el plazo de los próximos 20 días hábiles.

Se realizó la audiencia de impugnación en la causa por la muerte de un bebé
martes 22 de octubre de 2019

El tribunal de Impugnación integrado por los jueces Miguel Cardella, Adrián Zimmermann y Rita Custet Llambi encabezó hoy, a través de video conferencia, la audiencia de impugnación que fuera solicitada por el defensor oficial Marcos Ciciarello en el marco de la tramitación del legajo por la muerte de un bebé, hecho ocurrido en la zona este de Bariloche el pasado 14 de Mayo del año en curso. Ciciarello es el defensor de la joven sospechada como presunta autora del hecho investigado, no obstante aún no se han formulado cargos en su contra.

La impugnación se efectuó en relación a la sentencia del juez de Juicio Bernardo Campana, quien oportunamente resolvió revocar la decisión de la entonces jueza de Garantías, Romina Martini, que había declarado nula el acta de inspección domiciliaria, como así también todos los actos que fueron su consecuencia, por no haber sido cumplido el registro conforme el Art. 18 de la Constitución Nacional y 21 de la Constitución Provincial. El fallo también revoca, el apartado segundo de la decisión de la Jueza en lo que respecta a la exclusión como prueba de cargo en contra de la joven sospechada, toda aquella evidencia que fue colectada en el registro domiciliario. Cabe señalar que se mantuvo la exclusión probatoria en relación a los dichos de la joven sospechada, a consecuencia del interrogatorio ilegal policial efectuado en sede hospitalaria y extender dicha exclusión a cualquier manifestación o declaración que haya realizado su hermana , antes de ser formalmente anoticiada de su facultad de abstención, ello de acuerdo a las previsiones del artículo 185 del Código Procesal Penal.

En lo sustancial y luego de fundamentar los agravios por esta sentencia, Cicciarello solicitó al tribunal de impugnación se extiendan los efectos de la nulidad de los dichos de la hermana de la joven sospechada a todos los actos que fueron su consecuencia. Solicitó se aplique la doctrina de la CSJN en la causa "Baldivieso, César Alejandro". En este sentido, y como caso análogo, resalto el derecho a la salud, como derecho primordial, versus la criminalización de una asistida en un hospital al que acudió buscando ayuda médica. Solicitó también la aplicación del fallo "Ventura" y se revoque la decisión que le otorgó validez al ingreso a la vivienda de la jóven sospechada , por apartarse de lo dispuesto por el artículo 141 del Código Procesal Penal de Río Negro. Se analice el consentimiento brindado por la hermana de la sospechada a la luz de los precedentes de los casos "Fiorentino y Cicchero", ello en relación a la hora de analizar la legalidad del procedimiento y se revoque esa decisión. Se apliquen los estándares del caso "Irusta" del STJ rionegrino, cuando señaló, en el caso "Lucas Muñoz" que solo la persona que moraba en la habitación registrada, podía dar la autorización del ingreso, y/o una orden judicial de allanamiento. Destacó que la jueza Martini no se equivoca en su decisión, toda vez que el primer ingreso de personal policial y de los fiscales en el domicilio de la joven sospechada, torció la voluntad de la mujer que estaba en a casa, es decir la hermana de la sospechada.

Consideró, en su alocución, que la sentencia de Campana es contradictoria, en el sentido que se han considerado nulos los dichos de la hermana de la sospechada, pero, son esos datos, los que ella brindó, lo que permitieron a la Fiscalía reunir datos en la investigación.

Los fiscales Martín Lozada, Betiana Cendón y los querellantes Jancovich y Valdez se expresaron y respondieron cada uno de los agravios y solicitaron la confirmación del fallo del Juez Campana.

El fallo del tribunal de Impugnación se conocerá en el plazo de los próximos 20 días hábiles.

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