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COVID-19: se dispuso el receso general extraordinario en el Poder Ejecutivo

La gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, dispuso por decreto el receso general excepcional de la Administración Pública desde mañana jueves 19 y hasta el 31 de marzo, dispensando el deber de asistencia al personal.

COVID-19: se dispuso el receso general extraordinario en el Poder Ejecutivo
miércoles 18 de marzo de 2020

La medida se toma en el marco de las acciones preventivas para evitar la proliferación del COVID-19 en el territorio provincial y en resguardo de todos los agentes del Poder Ejecutivo.

“Tomamos una nueva medida para continuar con la prevención a partir de la Pandemia. Desde mañana hasta el 31 de marzo la Administración Pública provincial tendrá receso general excepcional. Los titulares de cada organismo público deberán determinar las aéreas esenciales de prestación de servicios para la comunidad ante la emergencia sanitaria, garantizando un esquema de guardias mínimas”, manifestó la Mandataria Provincial a través de Twitter y Facebook.

Esta determinación incluye a todos los agentes, cualquiera sea su condición de revista y bajo requerimiento de respetar el aislamiento dispuesto por las normas nacionales y provinciales.

El decreto 293/20, firmado esta tarde por la Gobernadora, establece quedarán exceptuados de esta disposición los agentes de las Fuerzas de Seguridad y el personal de Salud, servicios considerados esenciales en el marco de la emergencia.

Además, se facultó al resto de los organismos y dependencias de la Administración Pública Provincial que presten servicios esenciales o que sean necesarios para afrontar la emergencia sanitaria que atraviesa la provincia, a exceptuarse de la medida.

A tales fines, el titular de cada Ministerio, Secretaría de Estado, entidad u organismo deberá determinar las áreas esenciales o críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad, a efectos de asegurar su cobertura, pudiendo en su caso disponer la interrupción de las licencias ordinarias, extraordinarias o especiales del personal a su cargo que resulte imprescindible para asegurar lo dispuesto en el presente artículo, por razones de servicio.

El decreto también establece que los titulares de las jurisdicciones deberán garantizar un esquema de guardias mínimas para evitar que se resientan los servicios públicos que prestan y acorde a las razones de servicio.

Asimismo, el decreto dispone la suspensión de todos los plazos administrativos durante el período del receso extraordinario, los que se reanudarán de pleno derecho a su finalización, salvo disposición en contrario. En este caso, podrán exceptuarse los organismos y dependencias de la Administración Pública Provincial que así lo estimen, por resolución expresa de su titular.

Finalmente, se invitó a adherir al presente Decreto a los Municipios, Comisiones de Fomento y entidades públicas, sociedades con participación estatal mayoritaria y empresas privadas que desarrollan su actividad en el territorio provincial.

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