viernes 26 de abril de 2024
1.9ºc Bariloche

Artistas rionegrinos reclaman por la Ley de Emergencia Cultural

Luego de más de 140 días sin poder trabajar con salas cerradas, talleres sin abrir, espectáculos y festivales sin espectadores reclaman medidas para el sector.

Artistas rionegrinos reclaman por la Ley de Emergencia Cultural
sábado 15 de agosto de 2020

La comunidad artística y trabajadores de la cultura rionegrinos están reclamando por la Ley de Emergencia Cultural. Dicho proyecto de ley fue presentado el día 18 de junio del 2020 y declara la Emergencia Cultural en todo el territorio de la provincia de Río Negro.

Entre los fundamentos destacan al valor de la cultura como construcción de sentido. “Esa construcción es posible, entre muchas otras cosas, a través del hecho artístico. Ese hecho artístico que hoy se ve impedido por las normativas vigentes, paralizando la capacidad de producción artística y la misma subsistencia de las y los trabajadores de la cultura, cuyos ingresos económicos dependen en gran medida del hecho artístico”.

El proyecto de Ley propone declarar la emergencia cultural, orientada a atender la emergencia económica, social y laboral de las trabajadoras y trabajadores vinculados al sector de la industria cultural, actividad artísticas y espacios culturales, en el territorio de la provincia de Rio Negro en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (O.M.S) en relación con el COVID-19, por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia del presente proyecto de ley, plazo que podrá ser prorrogado.

Los beneficiarios son:

a) Los trabajadores de la cultura: artistas independientes que no registren relación laboral de dependencia del ministerio Turismo, Cultura y Deportes o secretaría de cultura, o de otros organismos del Estado provincial. Entre ellos, artistas plásticos, audiovisuales, teatristas, músicos, bailarines, artistas circenses, titiriteros, escritores/escritoras, vestuaristas, sonidistas, guionistas, las trabajadoras y los trabajadores de espacios culturales, salas de teatro y cine, elencos de teatro y danza, escenógrafos y otras tareas similares, sea cual sea la modalidad contractual mediante la cual desempeñen sus tareas.

b) Las Asociaciones, Academias, Escuelas, Talleres, Productoras, Bibliotecas Populares y entidades sin fines de lucro e instituciones culturales públicas.

La explicitación de los beneficiaros es a solo efecto enunciativo y por tanto no es excluyente de otros agentes culturales.

Otro de los aspectos destacados es que el Ministerio de Turismo, Cultura y Deportes, realizará un relevamiento y garantizará que la información circule por los medios necesarios a fin de alcanzar la mayor cantidad de beneficiarios.

Te puede interesar
Últimas noticias