PODER JUDICIAL

Condenan a un desarrollador por incumplir obras en un loteo

La Justicia civil condenó a un desarrollador por incumplir obras comprometidas en un loteo de General Godoy y ordenar el pago de daños materiales, morales y punitivos.
viernes 28 de noviembre de 2025

Tres familias que adquirieron lotes en una antigua chacra de General Godoy iniciaron una demanda por daños y perjuicios tras denunciar el incumplimiento del contrato de compraventa por parte del desarrollador privado. Habían comprado mediante boleto, con la promesa de entrega de posesión y escrituración rápida, además de diversas obras de infraestructura.

El proyecto original contemplaba arbolado en espacios verdes, acequias, parrillas con bancos, consolidación de calles, acceso a servicios básicos, una laguna artificial y cordones de contención en un espacio común. Sin embargo, cuatro años después, los vecinos advirtieron que nada de eso estaba terminado.

Los compradores denunciaron que no existen los espacios verdes, las acequias ni las parrillas, y que los cordones están rotos. Las calles, sin consolidación, se asemejan a huellas, generando dificultades de tránsito en días de lluvia.

Tampoco fueron nivelados los caminos internos, no se construyeron desagües pluviales, la provisión de agua es insuficiente y los líquidos cloacales no tienen destino adecuado. El único servicio finalizado fue la red eléctrica.

Ante esta situación, las tres familias demandaron al desarrollador y reclamaron una indemnización por obras no realizadas y por la demora en la escrituración.

El Fuero Civil de Villa Regina hizo lugar a la demanda y condenó a la sociedad anónima al pago de daño material, moral y punitivo. Este último se aplicó porque la empresa no brindó información esencial en un contrato de consumo.

La firma vendedora negó el incumplimiento y responsabilizó a la Municipalidad de Godoy, solicitando su incorporación al expediente. Sin embargo, el municipio rechazó esa acusación y señaló que, según la ordenanza vigente, los desarrolladores privados deben garantizar la infraestructura interna y sus conexiones a los servicios públicos.

La jueza descartó la responsabilidad municipal y recordó que la venta se celebró únicamente entre compradores y vendedor. En la sentencia, indicó que la empresa intentó “atribuir a la comuna sus propios incumplimientos mediante razonamientos forzados”.

Concluyó que quedó acreditado que la vendedora incumplió los contratos, tanto en la entrega de la posesión como en la finalización de las obras. Por ese motivo, aplicó una sanción bajo la figura del daño punitivo, prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.

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