PODER JUDICIAL

Condenan a un banco tras debitar en pesos un resumen que una clienta había pagado en dólares

El fallo fue dictado por el Juzgado Multifueros de El Bolsón. La clienta había utilizado la opción “stop debit” para evitar el débito automático, pero igualmente sufrió cargos, impuestos e intereses.
martes 26 de mayo de 2026

Una mujer de El Bolsón obtuvo un fallo favorable luego de demandar a Banco Galicia por un débito automático realizado en pesos, pese a que ya había cancelado el resumen de su tarjeta de crédito en dólares y activado previamente la opción “stop debit” desde la aplicación bancaria.

Según surge de la sentencia, la clienta había realizado consumos por más de 1.300 dólares y decidió pagar el saldo directamente en moneda estadounidense para evitar la pesificación y los recargos asociados a consumos en el exterior.

Para eso, utilizó la herramienta digital conocida como “stop debit”, que permite impedir el débito automático del resumen en pesos. La aplicación confirmó que la operación había sido realizada correctamente y notificó un “pago exitoso”.

Sin embargo, días después la mujer detectó que el banco igualmente había ejecutado el débito automático del resumen convertido a pesos y, además, le había aplicado distintos cargos vinculados a esa operación.

De acuerdo al expediente judicial, la entidad financiera sumó conceptos relacionados con el impuesto PAIS, además de intereses compensatorios, punitorios, IVA e impuesto de sellos.

La mujer inició entonces distintos reclamos ante la entidad bancaria. Primero acudió a una sucursal, luego intentó resolver el inconveniente mediante correos electrónicos y posteriormente envió una carta documento.

El fallo remarcó que las respuestas recibidas no fueron claras y que incluso, en uno de los intercambios incorporados al expediente, el banco reconoció que “es normal que los sistemas tengan errores momentáneos”.

La jueza consideró especialmente grave que la entidad reconociera la existencia de un error, pero no solucionara el problema ni devolviera el dinero debitado indebidamente.

Además, cuestionó el funcionamiento de los canales de atención al cliente y describió que la usuaria quedó atrapada en un “infinito devenir de mensajes por mail” sin una respuesta efectiva.

La resolución encuadró el caso dentro de la Ley de Defensa del Consumidor y remarcó que las entidades financieras tienen la obligación de garantizar servicios digitales seguros y brindar información clara a los usuarios.

También se destacó la posición desigual entre una entidad bancaria y una clienta individual frente a sistemas automáticos y herramientas digitales.

Otro punto señalado en el fallo fue que Banco Galicia no se presentó a contestar la demanda judicial.

Con los resúmenes bancarios, correos electrónicos y demás documentación aportada por la demandante, el juzgado consideró acreditado que el débito en pesos se realizó pese a que el pago en dólares y el “stop debit” ya habían sido efectuados.

Finalmente, además de ordenar la devolución de las sumas cobradas, la Justicia aplicó una multa civil por daño punitivo, al entender que existió un incumplimiento grave hacia la consumidora.

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