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Un hombre y una mujer fueron condenados a prisión por el crimen de Adrián Boock

Se declaró penalmente responsable a un hombre por el delito de homicidio simple, como autor y una mujer como partícipe secundaria por el homicidio de Adrian Boock. Se les impuso 14 y 4 años de prisión efectiva respectivamente.

Un hombre y una mujer fueron condenados a prisión por el crimen de Adrián Boock
viernes 27 de septiembre de 2019

Se declaró penalmente responsable a un hombre por el delito de homicidio simple, como autor y una mujer como partícipe secundaria por el homicidio de Adrian Boock. Se les impuso 14 y 4 años de prisión efectiva respectivamente.

La decisión fue en el marco de un acuerdo parcial entra la Fiscalía y la Defensa particular del acusado llevado a cabo este jueves en dos audiencias. El homicidio ocurrió el 20 de julio pasado, en el sector tomas del barrio San Francisco de esta ciudad.

La fiscal del caso Betiana Cendón, relató ante el tribunal conformado por los magistrados Héctor Leguizamon Pondal, Bernardo Campana y Marcos Burgos el hecho ocurrido a las 15:30 horas de ese día, cuando el hoy imputado junto a la mujer y otros dos sujetos, habrían ingresado al domicilio de un conocido con intención de darle muerte a Boock, utilizando para ello armas blancas de grandes dimensiones.

En el interior de la casa sorprendieron a la víctima y al dueño de la casa mientras dormían. Rápidamente redujeron al dueño manteniéndolo aprehendido y bajo amenaza a un costado de la casa. Mientras esto ocurría, el hombre junto a los otros acusados atacó a la víctima aplicándole puntazos en distintas partes del cuerpo. En tanto que la mujer, le arrojaba distintos objetos y le gritaba "esto es por lo que le hiciste a mi papá".

De esta forma se refería a un hecho donde resultó con lesiones gravísimas Gerardo Antrichipay, las que le provocaron diversas secuelas quedando con deformación permanente de su cara y daño neurológico de consideración, que incluye la pérdida del habla, entre otras. Cabe recordar que el 12 de septiembre se condenó a un hombre y una mujer por robo agravado por haber causado lesiones gravísimas en carácter de autor, en el que resultó lesionado el antes mencionado.

Volviendo al hecho objeto de este acuerdo relatado por la fiscal, explicó que como resultado de este accionar, Boock sufrió diversas lesiones que le ocasionaron la muerte a raíz de un shock hipovolémico. Lo aquí descripto encuadra en el delito de homicidio simple, en calidad de autor, en el caso del hombre y la mujer fue juzgada como partícipe secundario.

Enumeró la fiscal Cendón en ambas audiencias que la evidencia que sustenta la acusación, tales como registros fílmicos de cámaras de seguridad de locales privados y del Centro de Monitoreo, entre otros, que permitieron ilustrar los momentos previos al hecho. Destacó el pormenorizado informe llevado a cabo por el Area de Investigaciones Judiciales de la policía de Río Negro.

Ambos acusados fueron asistidos por defensores particulares y asumieron la responsabilidad en la comisión del hecho que se les atribuye, al igual que la calificación y el monto de la pena, al momento de ser consultados por el tribunal.

En consecuencia, el tribunal condenó a la mujer a cuatro años de prisión efectiva por el rol desplegado como partícipe secundaria.  En el caso del hombre luego en la audiencia de cesura, el tribunal conformado por Héctor Leguizamon Pondal, Marcos Burgos y Bernardo Campana lo condenó a 14 años de prisión efectiva, luego de valorar los agravantes que alejaron el monto solicitado del mínimo de pena previsto para este tipo de delitos.

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