PODER JUDICIAL

El STJ rechazó la acción de inconstitucionalidad de taxistas contra el referéndum en Bariloche

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro desestimó la presentación de Apat contra resoluciones del intendente que convocaban a un referéndum popular sobre transporte.
martes 09 de septiembre de 2025

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro resolvió rechazar una acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación de Propietarios de Automóviles Taxímetros (Apat) contra tres resoluciones del intendente de Bariloche que convocaban a un referéndum popular.

La entidad sostuvo que las resoluciones 1453-I-2025, 1459-I-2025 y 1589-I-2025 vulneraban la Constitución, al atribuir al Poder Ejecutivo Municipal una facultad que —según su interpretación— corresponde de manera exclusiva al Concejo Deliberante.

También planteó que la medida afectaba la actividad y el patrimonio de los taxistas, al habilitar la posibilidad de implementar plataformas electrónicas de transporte como Uber o Cabify sin un debate legislativo previo.

Sin embargo, el máximo tribunal coincidió con el dictamen del Procurador General al considerar que la acción carecía de los requisitos formales para avanzar. En particular, destacó que no se acreditó un caso judicial concreto que habilitara la intervención excepcional del tribunal.

El planteo de Apat fue interpretado como una demanda genérica por la legalidad, sin demostrar una afectación inmediata y sustancial de los derechos de la asociación o sus integrantes.

El fallo remarcó que, para que proceda una acción de inconstitucionalidad, es indispensable demostrar un agravio real y no hipotético. Asimismo, reiteró que el tribunal no está habilitado a expedirse en abstracto sobre la validez de normas, ya que ello contravendría el principio de división de poderes.

En su sentencia, el STJ subrayó que la simple invocación de una presunta invasión a las competencias del Concejo Deliberante o a principios democráticos no sustituye la exigencia de una afectación concreta.

También observó que el referéndum convocado por el Ejecutivo no se limitaba al proyecto de regulación del transporte, sino que abarcaba otras iniciativas sin relación directa con los intereses de los taxistas.

En consecuencia, el tribunal concluyó que Apat no demostró legitimación suficiente ni configuró un caso que permitiera el análisis de fondo de la cuestión, por lo que decidió rechazar la demanda en esta etapa inicial.

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