PODER JUDICIAL

Manuel Benítez: Condenaron a la ART por la muerte del joven refugiero

La Justicia laboral responsabilizó a una aseguradora por múltiples negligencias en el fallecimiento de Manuel Benítez, el joven trabajador que ascendía al Refugio Frey sin protección adecuada.
miércoles 17 de septiembre de 2025

La Cámara Primera del Trabajo de Bariloche dictó una sentencia de gran impacto al condenar a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) por el fallecimiento de Manuel Benítez, el joven trabajador que perdió la vida en abril de 2022 mientras ascendía al Refugio Frey para cumplir con su jornada laboral.

El joven subió en condiciones climáticas extremas, sin ropa técnica, equipo de comunicación ni acompañamiento. A pesar de que realizaba tareas de forma regular desde diciembre de 2021, su alta laboral fue registrada recién el 25 de abril de 2022, un día antes de su muerte, y la baja fue informada apenas minutos después. Para el Tribunal, esa maniobra constituyó un intento deliberado de encubrir responsabilidades.

El cuerpo fue hallado dos días después, a pocos metros del refugio, y la autopsia determinó que la causa de muerte fue hipotermia. La sentencia reveló una cadena de incumplimientos del empleador y la aseguradora, que no garantizaron medidas de seguridad ni actuaron pese a un alerta meteorológica vigente.

Los jueces y jueza consideraron probado que la ART no cumplió con tareas de control, prevención ni asistencia: nunca inspeccionó el refugio, no brindó capacitación, no evaluó riesgos y tampoco activó protocolos tras el accidente. Incluso, meses después, intentó desligarse con una demanda judicial de consignación que fue rechazada.

El fallo aplicó el artículo 275 de la Ley de Contrato de Trabajo, al entender que la aseguradora litigó con dolo, “con conocimiento de su propia falta de razón”. La condena asciende a más de 910 millones de pesos, e incluye indemnización, compensación adicional y un agravamiento por conducta dolosa.

El Club Andino Bariloche, concesionario del refugio, también fue demandado, aunque quedó apartado tras un acuerdo conciliatorio con la familia del trabajador. El Tribunal, sin embargo, dejó expuesto el esquema de funcionamiento sin controles ni supervisión real.

La sentencia de primera instancia aún no está firme y puede ser apelada.

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