PODER JUDICIAL

Bariloche: trabajador cobra indemnización completa tras despido de empresa automotriz

La justicia Laboral de Bariloche reconoció a un hombre contratado por una firma automotriz, una indemnización completa tras el incumplimiento de la empresa en su sucursal local.
miércoles 24 de septiembre de 2025

Un hombre contratado por una empresa automotriz para abrir su sucursal en Bariloche logró que la justicia Laboral le reconociera el pago de todas las indemnizaciones derivadas de su despido.

Tras varios meses sin cobrar, el trabajador intimó a la firma, rompió el vínculo por su cuenta y reclamó una suma millonaria. La empresa no respondió a la demanda, fue declarada rebelde y condenada a pagar todos los conceptos reclamados.

El trabajador había sido convocado en julio de 2023 para instalar y poner en marcha la nueva agencia de la firma en la zona Andina. Se trasladó desde Córdoba, asumió todas las tareas de coordinación y gestión, y comenzó la organización de la sucursal desde cero. La prueba documental, los telegramas enviados y el testimonio de testigos confirmaron esta versión.

Con el tiempo, la relación laboral se deterioró. El hombre intimó a la empresa por incumplimientos, no recibió respuesta y, tiempo después, se consideró despedido. Reclamó haberes atrasados, vacaciones, aguinaldos, indemnización por despido sin causa, preaviso e integración del mes de despido, entre otras sumas.

La empresa no respondió a la demanda y fue declarada en rebeldía en diciembre de 2024, habilitando la instancia de prueba. El Tribunal Laboral de Bariloche valoró la documentación presentada, constancias de ANSES, facturas, testimonios y la habilitación comercial del local tramitada a nombre de Alfha Motors.

El fallo determinó que el trabajador cumplió funciones de gerencia inicial bajo relación de dependencia y que el despido se produjo por incumplimientos de la firma, inclinando la balanza a favor del empleado.

El reclamo por la multa del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo fue rechazado, ya que no se cumplió el procedimiento legal requerido: la intimación debe hacerse después del despido y con un plazo específico, paso que no se acreditó.

En cambio, la empresa deberá entregar toda la documentación laboral obligatoria y pagar las sumas derivadas del despido, más los intereses acumulados desde que cada concepto fue devengado. La sentencia no está firme y puede ser apelada.

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