PODER JUDICIAL

La Justicia ordenó que una adolescente continúe viviendo en la casa de su abuelo hasta los 21 años

Un fallo del fuero de Familia de Bariloche rechazó un pedido de restitución de vivienda y priorizó el derecho a la habitación de una adolescente en el marco de una prestación alimentaria.
martes 16 de diciembre de 2025

Un fallo del fuero de Familia de Bariloche resolvió que una adolescente podrá seguir viviendo en la vivienda que comparte con su madre hasta que cumpla los 21 años. La decisión rechazó el pedido del abuelo paterno, titular registral del inmueble, quien había solicitado la restitución alegando una situación de vulnerabilidad personal y falta de recursos.

La sentencia se dictó en el marco de un conflicto familiar prolongado, atravesado por reclamos vinculados a obligaciones alimentarias, acuerdos verbales incumplidos y acusaciones cruzadas. Para la jueza interviniente, prevaleció el derecho de la adolescente a mantener su hogar frente a un planteo de desalojo impulsado por un integrante del propio esquema de responsabilidad alimentaria.

El inmueble, ubicado en San Carlos de Bariloche, pertenece al abuelo de la joven. Allí reside la adolescente junto a su madre desde el año 2015, luego de la separación con el padre. Durante varios años, la ocupación se sostuvo como parte de un acuerdo familiar no formalizado. En 2022, la situación se modificó cuando el propietario colocó un cartel de venta y posteriormente intimó al desalojo mediante carta documento.

En su presentación judicial, el abuelo sostuvo que se trataba de una ocupación ilegítima y afirmó encontrarse desempleado, sin ingresos ni otra propiedad, lo que lo habría obligado a mudarse de manera transitoria a viviendas de allegados.

La madre de la adolescente negó haber usurpado el inmueble y señaló que la construcción fue realizada con aportes económicos propios durante la relación con el padre de su hija. Indicó que el acuerdo para residir allí fue consentido por la familia y que nunca contó con una asistencia alimentaria sostenida. También expuso que trabaja por cuenta propia y que no tiene posibilidades económicas de afrontar un alquiler.

El fallo tuvo en cuenta una sentencia previa dictada en 2023, en la que se estableció la obligación alimentaria del padre y la contribución del abuelo. En esa resolución ya se había considerado que el uso de la vivienda formaba parte de la prestación alimentaria, criterio que resultó central para la nueva decisión.

La jueza recordó que el Código Civil y Comercial prevé que los abuelos deben contribuir a la manutención de sus nietos cuando los progenitores no pueden hacerlo, incluyendo el rubro de habitación. Además, valoró informes sociales y la participación directa de la adolescente en el proceso, quien ejerció su derecho a ser oída.

Finalmente, el fallo sostuvo que el derecho a la vivienda no se limita al resguardo físico, sino que también abarca la estabilidad y la seguridad emocional, y dispuso la atribución del uso exclusivo del inmueble a la adolescente hasta que alcance la mayoría de edad ampliada.

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