PODER JUDICIAL

Choque en la Ruta 151: la Justicia determinó responsabilidad compartida en un accidente entre una moto y una camioneta

Una pareja que circulaba en motocicleta demandó al conductor de una camioneta tras un choque en la Ruta 151. El fallo consideró que ambos infringieron normas de tránsito y fijó una responsabilidad del 50 por ciento para cada parte.
miércoles 17 de diciembre de 2025

Una pareja que circulaba en motocicleta por la Ruta Nacional 151, en dirección a Cipolletti, protagonizó un accidente al impactar contra una camioneta que cruzó de manera repentina la calzada para ingresar al puente conocido como “La S”. Como consecuencia del choque, ambos ocupantes del rodado menor cayeron sobre el asfalto y sufrieron diversas lesiones.

Tras el hecho, iniciaron una demanda por daños y perjuicios contra el conductor de la camioneta y su aseguradora, reclamando indemnización por lesiones físicas, gastos médicos, reparación del vehículo, privación de uso y daño moral.

Según la versión de quienes viajaban en la motocicleta, el conductor de la camioneta realizó un giro sin señalización ni advertencia previa, lo que les impidió frenar a tiempo. Indicaron que el impacto se produjo desde atrás, provocando la caída de ambos ocupantes y el deterioro total del rodado.

Por su parte, el conductor de la camioneta rechazó esa versión y sostuvo que circulaba normalmente cuando fue embestido desde atrás. Atribuyó el accidente a una maniobra imprudente de la motocicleta, señalando exceso de velocidad y escasa distancia de seguimiento, y negó haber realizado un giro inesperado o una frenada brusca.

Durante el proceso judicial se incorporaron testimonios, pericias técnicas y constancias policiales. El informe pericial confirmó que la moto colisionó contra la parte trasera de la camioneta, aunque no permitió determinar con precisión la mecánica previa del impacto.

En cuanto a la pericia médica, no resultó concluyente en todos los aspectos y, en uno de los casos, no se acreditó el nexo causal entre las lesiones denunciadas y el accidente.

Al analizar el caso, la jueza interviniente consideró que ambos conductores infringieron normas de tránsito y que la conducta de cada uno contribuyó a la producción del siniestro. En ese sentido, sostuvo que no existió una causa única y estableció una responsabilidad compartida, asignando un 50 por ciento a cada parte.

Respecto de los daños, el fallo reconoció una incapacidad física parcial en una de las personas que viajaba en la moto, derivada de una secuela en la rodilla y una cicatriz.

También se admitieron los gastos médicos, el daño emergente por la reparación del vehículo, una suma por la privación de uso y una compensación por daño moral.

En el caso del otro ocupante, el tribunal rechazó el reclamo por incapacidad, pero otorgó una indemnización menor por daño moral.

En consecuencia, el conductor de la camioneta y su aseguradora deberán abonar la mitad del total de los daños reconocidos. El fallo corresponde a una sentencia de primera instancia y no se encuentra firme, ya que puede ser apelado.

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