PODER JUDICIAL

Trabajó 12 años como taxista sin registrar y fue despedido: la Justicia ordenó indemnizarlo

La Cámara del Trabajo de Roca reconoció la relación laboral y condenó a la esposa del titular de la licencia a pagar indemnizaciones por despido sin causa, intereses y actualización.
martes 30 de diciembre de 2025

Un hombre que se desempeñó como chofer de taxi durante 12 años, sin registración formal y con extensas jornadas laborales, obtuvo un fallo favorable en la Cámara Segunda del Trabajo de General Roca, que reconoció la existencia del vínculo laboral y ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes.

Según se acreditó en el expediente, el trabajador prestó servicios de domingo a domingo, desde las 6 hasta las 22 horas, sin interrupciones ni aportes previsionales. Inicialmente trabajó para el titular de la licencia del taxi, hasta el fallecimiento de este. Con posterioridad, la relación laboral continuó con la esposa del fallecido, quien quedó a cargo de la base de taxis.

Finalmente, la mujer dispuso el despido verbal del chofer. Ante esa situación, el trabajador envió distintas intimaciones solicitando aclaraciones sobre su situación laboral y la regularización del vínculo. Al no recibir respuesta, se consideró despedido.

En su defensa, la mujer negó la existencia de una relación laboral y sostuvo que el vínculo había sido exclusivamente con su esposo fallecido. En el mismo sentido, los hijos del titular de la licencia rechazaron cualquier responsabilidad, afirmando que no mantenían relación laboral con el chofer.

Durante el proceso judicial se incorporaron pruebas testimoniales y documentales, entre ellas informes de la AFIP, de la Municipalidad de Villa Regina, de la base de taxis y constancias de la sucesión. A partir de ese material, el tribunal concluyó que existió una relación laboral directa entre el trabajador y la mujer, aunque no con los herederos.

La sentencia tuvo por acreditado que la demandada administraba la base de taxis, organizaba la operatoria diaria, percibía las recaudaciones y abonaba los salarios, incluso después del fallecimiento de su esposo, actuando de manera exclusiva y autónoma.

El tribunal también valoró que la relación laboral se desarrolló de manera totalmente informal, sin registración en la AFIP, sin aportes previsionales ni entrega de documentación laboral.

En ese contexto, la Cámara consideró válido el despido indirecto asumido por el trabajador, al comprobarse que intimó en reiteradas oportunidades para que se le restituyeran tareas, se abonaran los salarios adeudados y se regularizara su situación laboral.

La falta de respuesta, la negativa a asignarle tareas, el incumplimiento en el pago de haberes y la clandestinidad del vínculo laboral fueron considerados injurias graves, conforme a lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo.

Por estos motivos, el tribunal condenó a la mujer al pago de las indemnizaciones por despido sin causa, reconociendo la antigüedad del chofer y ordenando la liquidación correspondiente, con intereses y actualización según la doctrina legal vigente.

En cuanto a los hijos del titular de la licencia, se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva, al acreditarse que no fueron empleadores ni continuaron con la explotación del servicio de taxis.

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