PODER JUDICIAL

Ordenan desalojar un local en la base del Cerro Catedral por deuda de alquiler

Un fallo civil en Bariloche dispuso la restitución del inmueble tras constatar el incumplimiento en el pago de cánones durante dos temporadas.
miércoles 18 de marzo de 2026

Un fallo civil de Bariloche ordenó el desalojo de un local comercial ubicado en la base sur del Cerro Catedral, tras considerar acreditada una deuda por alquileres impagos correspondientes a dos temporadas.

La resolución impacta sobre un espacio ubicado en uno de los sectores más transitados del complejo, donde la ocupación de locales está sujeta a contratos vinculados a la concesión del centro de esquí.

El caso enfrentó a Catedral Alta Patagonia S.A., concesionaria del cerro, y Catedral Ski Rental S.A., firma que ocupaba el inmueble desde hace más de veinte años, en el marco de un contrato vigente desde 2004 y con plazo hasta septiembre de 2026.

Según se analizó en el expediente, el conflicto se originó por el incumplimiento en el pago de los cánones correspondientes a 2020 y 2021. El contrato establecía un canon anual variable, calculado en base al valor del pase diario en temporada alta, e incluía una cláusula clave: no permitía reducciones por circunstancias externas.

Durante el proceso, la concesionaria intimó el pago de las facturas, mientras que la empresa ocupante presentó liquidaciones distintas, aplicó compensaciones y realizó pagos por montos inferiores a los reclamados.

El juez interviniente determinó que esas cancelaciones no fueron suficientes, ya que no coincidían con lo exigido ni fueron aceptadas como pago total de la deuda.

También fue rechazado el argumento de la defensa que intentaba justificar una reducción del canon en el contexto de la pandemia.

El fallo remarcó que el contrato excluía expresamente ese tipo de ajustes, por lo que no correspondía su aplicación.

En ese marco, el análisis judicial se centró exclusivamente en el incumplimiento contractual, lo que derivó en la validación de la rescisión del acuerdo.

La sentencia ordena la restitución del inmueble en un plazo de diez días, y habilita el uso de la fuerza pública en caso de incumplimiento.

No obstante, se trata de una resolución de primera instancia, por lo que aún puede ser apelada

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