Abogados de Bariloche impulsan una cautelar contra cambios en la ley laboral

El Colegio de Abogados local, junto a entidades de todo el país, presentó una medida judicial para frenar artículos que modifican el cobro de honorarios y la responsabilidad profesional.
jueves 19 de marzo de 2026

El Colegio de Abogados y Abogadas de Bariloche manifestó su rechazo a la reciente reforma laboral y avanzó, junto a otras 28 entidades del país, con la presentación de una medida cautelar autónoma ante la Justicia Federal para suspender la aplicación de dos artículos de la Ley de Contrato de Trabajo modificada en febrero.

Desde la institución sostienen que los cambios introducidos afectan de manera directa el ejercicio profesional y alteran principios básicos del sistema jurídico. En ese marco, el presidente del Colegio local, Ezequiel Palavecino, advirtió que el eje del planteo está vinculado al impacto que la normativa tiene sobre los honorarios y la responsabilidad de los abogados laboralistas.

Explicó que “el honorario profesional tiene naturaleza alimentaria: es el sustento del trabajo del abogado”, y cuestionó especialmente la incorporación del artículo 277, que habilita el pago de honorarios en hasta 12 cuotas. Según señaló, “esta medida alcanza al capital y, por ende, a los honorarios profesionales, vulnerando el carácter alimentario de nuestra labor. Esto afecta un derecho adquirido”.

Además, remarcó que esta disposición introduce una desigualdad respecto de otros fueros, ya que los abogados laboralistas serían los únicos obligados a financiar sus honorarios en cuotas. “Se trata de una discriminación, porque quienes litigan en otros ámbitos no están sujetos a este régimen”, indicaron desde el Colegio.

Palavecino fue aún más contundente al describir el escenario: “El abogado laboralista es el único en el país que debe soportar el financiamiento forzoso de sus honorarios, asumir riesgos patrimoniales por el monto que reclama y litigar bajo amenaza de sanciones personales. Ningún otro fuero impone esto”.

El otro punto central del reclamo se vincula con el artículo 20 de la reforma, que introduce la figura de la responsabilidad solidaria del abogado cuando el juez considere que existe una sobreestimación del reclamo. Hasta ahora, esta responsabilidad era excepcional y sólo se aplicaba ante casos de temeridad o malicia procesal, pero con la nueva normativa pasa a tener un carácter objetivo y queda sujeta al criterio del magistrado.

Desde la entidad advierten que esta modificación no solo compromete la independencia técnica del abogado, sino que también puede impactar en el acceso a la justicia. Consideran que el nuevo esquema limita la posibilidad de defensa de los trabajadores, ya que condiciona la labor profesional y traslada riesgos económicos al ejercicio de la abogacía.

En ese sentido, el Colegio de Abogados de Bariloche, junto a las entidades firmantes, sostiene que las normas cuestionadas resultan inconstitucionales porque violan el carácter alimentario del honorario profesional, afectan el derecho de propiedad, comprometen la independencia técnica del abogado, limitan el acceso a la justicia e invaden competencias procesales provinciales.

“No aceptamos que se presente como reforma lo que en realidad es una restricción deliberada al ejercicio profesional. Sin honorarios no hay justicia”, concluyeron desde la institución, al fundamentar la necesidad de que la Justicia Federal suspenda la aplicación de los artículos cuestionados.

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