2014-05-12

INADI pide adecuar el Estatuto Docente a la Ley de Migraciones

En relación al acceso al trabajo sin discriminación, el artículo sexto de la ley nacional determina que “el Estado en todas sus jurisdicciones asegurará el acceso igualitario a los inmigrantes y sus familias en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales, en particular lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social”.

En este sentido, Accavallo señaló que ya existen sentencias de Juzgados, Cámaras y del propio Superior Tribunal de Justicia de la provincia respecto a la inconstitucionalidad de la norma. "Podemos mencionar cuatro fallos a favor de docentes que, siendo extranjeros, no podían ejercer en la provincia de Río Negro.

En uno de ellos, se ratificó que la exigencia de la nacionalidad contradice la Constitución Nacional ya que la única condición exigible para el acceso al trabajo es la idoneidad.

No puede operar la nacionalidad como requisito de ingreso”. En marzo de 2008, el INADI también se pronunció ante un caso similar respecto a la requisitoria de nacionalidad para el ingreso a la docencia pública en la provincia de Buenos Aires.

El dictamen indica que "la exigencia de la nacionalidad (o la `ciudadanía´) argentina para registrar el título docente y así ejercer la enseñanza oficial encuadra en los términos de la Ley 23.592 y normas concordantes precedentemente mencionadas como conducta`discriminatoria´".

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