CÁMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA
Ratifican la nulidad a la sentencia a favor de la comunidad mapuche Buenuleo
La Cámara Federal de General Roca ha confirmado la nulidad de una sentencia emitida en abril de 2021, que reconocía parcialmente los derechos de la Comunidad Mapuche Buenuleo sobre un territorio en disputa en Bariloche.
Este fallo original había ordenado al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) llevar a cabo la mensura de las tierras y avanzar en la propiedad comunitaria, en base a la resolución 90/2020 que reconocía la ocupación tradicional del territorio.
Sin embargo, tras una apelación, se encontraron vicios en el proceso administrativo del INAI que llevaron a la anulación de la sentencia. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal determinó que no se garantizó el derecho de defensa de Emilio Friedrich, un tercero afectado que no fue consultado antes de la emisión de la resolución, lo que imposibilitó la ejecución de la sentencia.
La comunidad Buenuleo argumentó que una nueva resolución (151/2023) del INAI, dictada en junio de 2023, ratificaba sus derechos sobre el territorio en conflicto y corregía las irregularidades del proceso anterior. No obstante, los jueces consideraron que esta resolución no abordaba los problemas fundamentales del procedimiento inicial y rechazaron la apelación.
Este fallo tiene importantes implicaciones para la comunidad mapuche y para el INAI, que deberá revisar su gestión en los reclamos territoriales. Para la comunidad Buenuleo, representa un nuevo obstáculo en su lucha por el reconocimiento de sus derechos históricos, mientras que para Friedrich, reafirma su demanda de participación en el proceso.
La sentencia también plantea interrogantes sobre los procedimientos administrativos relacionados con la Ley 26.160, que establece el relevamiento de tierras ocupadas por comunidades indígenas. La falta de participación de terceros en este tipo de procesos continúa siendo un tema central en las disputas judiciales sobre el reconocimiento de territorios ancestrales.
El tribunal, compuesto por los jueces Mariano Roberto Lozano, Richar Fernando Gallego y Guillermo Di Cola, rechazó la apelación subsidiaria de la comunidad mapuche y le impuso las costas del proceso.
(Bariloche Opina)