PODER JUDICIAL
Motociclista atropellada en Catriel: responsabilizan a una empresa petrolera, su chofer y la aseguradora
Una motociclista de 32 años, vecina de Catriel, resultó gravemente herida luego de ser embestida por una camioneta vinculada a una empresa del rubro petrolero que no respetó la prioridad de paso en una intersección.
El fuero Civil de Cipolletti determinó la responsabilidad del conductor, de la titular registral del vehículo, de la empresa para la cual prestaba servicios y de la aseguradora.
El hecho ocurrió cuando la mujer transitaba en su moto Mondial por la avenida Rawson, en sentido norte. Mientras atravesaba una intersección en forma de “T”, una Toyota Hilux surgió desde la calle Pico Truncado, giró de forma abrupta y le bloqueó el paso, provocando un impacto frontal contra el lateral derecho del vehículo.
La motociclista fue asistida por una ambulancia y trasladada primero al hospital de Catriel y luego al Sanatorio Río Negro, donde permaneció internada varios días. Sufrió fractura de muñeca izquierda, traumatismo de cráneo, pérdida de conocimiento y diversas lesiones.
Debió ser operada, se le colocó una placa y posteriormente fue reintervenida debido a complicaciones. Desde entonces, convive con dolor permanente, medicación y limitaciones funcionales.
En el juicio por daños y perjuicios, la mujer afirmó que el conductor no respetó las normas de tránsito y que la camioneta prestaba servicios para una empresa petrolera.
El vehículo pertenecía a otra persona, que no respondió la demanda, y la empresa fue declarada en rebeldía. La aseguradora, en cambio, reconoció que existía cobertura al momento del accidente.
Una pericia accidentológica, realizada en el expediente penal, confirmó que el conductor de la Hilux no cedió el paso y cruzó la avenida sin precaución. Un segundo informe técnico, elaborado en el juicio civil, corroboró la misma mecánica: la moto circulaba en forma regular y se encontró de frente con un vehículo de gran porte que irrumpió en su trayectoria sin darle margen de maniobra. El choque fue perpendicular y la víctima golpeó su cabeza contra el parabrisas antes de caer al suelo.
La pericia médica determinó una incapacidad física del 30%, señalando pérdida de movilidad, dolor persistente, dificultades en actividades cotidianas y la necesidad de férulas y analgésicos.
El fallo responsabilizó al conductor por no respetar la prioridad, extendió la imputación a la empresa petrolera por tratarse de un hecho ocurrido en el ejercicio de funciones, y consideró responsable a la titular registral conforme al Código Civil y Comercial. La aseguradora fue incluida en la medida del seguro obligatorio, según doctrina del Superior Tribunal de Justicia.
La sentencia ordenó una indemnización integral, que contempla incapacidad, daño moral, tratamiento psicológico y gastos médicos futuros. La decisión no está firme, ya que puede ser apelada por las partes.