PODER JUDICIAL
Fijan cuota alimentaria compartida entre un padre y la abuela paterna por incumplimiento del progenitor
Una jueza del fuero de Familia de Bariloche ordenó un esquema mixto de cuota alimentaria para garantizar los derechos de una adolescente cuya manutención recaía casi por completo en su madre. La resolución se dictó ante el incumplimiento sostenido del padre, quien se había mudado a otra provincia y no aportaba de manera regular.
Según la causa, el progenitor dejó Bariloche, se trasladó a Federal, Entre Ríos, y mantenía contacto esporádico con su hija. Cuando llamaba, explicaba que no tenía empleo formal, lo que impedía –según dijo– asumir una cuota acorde. La adolescente permaneció bajo el cuidado exclusivo de la madre, con apoyo limitado de la abuela materna.
Frente a esta situación, la mujer solicitó la actualización de la cuota alimentaria y pidió incorporar al proceso a los abuelos paternos, amparándose en el artículo 668 del Código Civil y Comercial, que habilita la extensión de la obligación cuando el padre o madre responsable no cumple o no puede hacerlo.
El padre se presentó en audiencia y ofreció pagar $100.000 mensuales, argumentando que trabaja en la construcción de manera informal, con ingresos variables. Su propuesta fue rechazada por insuficiente, aunque se aceptó de modo provisorio mientras avanzaba el trámite.
Posteriormente intervino la abuela paterna, quien sostuvo que no tenía relación con la adolescente, que su hijo no convivía con ella de forma permanente y que su situación económica era frágil. Informó que percibía una jubilación mínima y que había acompañado el tratamiento médico de su esposo, fallecido durante la tramitación del caso.
Los informes reunidos confirmaron que la adolescente vive con su madre, que asiste a una escuela privada con beca parcial, está afiliada a una obra social y no recibe aportes regulares del padre.
El informe socioambiental describió un vínculo casi nulo entre el progenitor y su hija, además de ingresos informales de carácter inestable. Testigos señalaron que la madre sostiene sola la crianza y que el padre se desvinculó tanto afectiva como económicamente.
Con estos elementos, la jueza consideró acreditada la imposibilidad del padre de cubrir por sí solo la cuota, y dispuso un esquema compartido. La resolución fijó una obligación equivalente a tres salarios mínimos vitales y móviles:
-Dos salarios a cargo del padre,
-Uno a cargo de la abuela paterna.
La sentencia citó normativa nacional y tratados internacionales vinculados a los derechos de niñas, niños y adolescentes, y destacó el valor económico del trabajo de cuidado ejercido por la madre. Señaló que, aun considerando la situación de vulnerabilidad de una persona mayor, en este caso la principal afectación recaía sobre la adolescente.
La jueza aclaró que la obligación para la abuela cesará cuando el padre pueda asumir la cuota completa. Recordó además que las cuotas alimentarias no son definitivas y pueden revisarse si cambian las circunstancias.