PODER JUDICIAL
Condena por violencia económica: reconocen bienes compartidos a mujer tras separación
Tras más de siete años de convivencia, una pareja formalizó su unión convivencial en el Registro Civil y accedió a un terreno municipal. Posteriormente, resultaron adjudicatarios de un crédito ProCreAr y comenzaron juntos la construcción de su vivienda. Por cuestiones de practicidad, el terreno fue registrado a nombre del hombre.
No fue el único bien registrado bajo la confianza mutua. Ambos compraron también una camioneta, que fue registrada a nombre del hombre con el argumento de que él la usaría más frecuentemente.
Tras la separación, situaciones de violencia llevaron a la mujer a presentar una denuncia penal, que derivó en una condena condicional para el hombre. La pareja no tuvo hijos en común, aunque la mujer convive con su hija adolescente.
Durante el proceso judicial, la mujer inició primero una mediación para acordar la distribución de los bienes, y luego presentó una demanda judicial.
El Fuero de Familia de Luis Beltrán resolvió que los bienes adquiridos durante la convivencia corresponden a ambos en un 50%, conformando un condominio. La mujer había solicitado la adjudicación de la vivienda, pero esta opción requiere el acuerdo de ambas partes, que no se alcanzó.
El hombre rechazó la demanda, negando que la mujer hubiera realizado aportes significativos, aunque reconoció la convivencia y expresó su voluntad de alcanzar un acuerdo.
Durante el proceso se evaluaron pruebas documentales, informativas y testimoniales, comprobándose que ambos convivientes tenían empleo formal y que la mujer contaba con ingresos propios.
La jueza evaluó la prueba con perspectiva de género y concluyó que existió un proyecto de vida familiar truncado por la conducta del hombre, lo que también afectó el patrimonio común.