2025-12-04

PODER JUDICIAL

Un fallo en El Bolsón ordena cuota alimentaria completa y descarta que asignaciones estatales integren el aporte paterno

La jueza del Juzgado Multifueros determinó que los beneficios estatales no reemplazan la obligación alimentaria del padre y fijó una cuota basada en la canasta de crianza del INDEC.

El Juzgado Multifueros de El Bolsón resolvió una demanda de alimentos en la que un hombre pretendía que las asignaciones sociales percibidas por su hijo fueran consideradas parte de su aporte económico. La jueza rechazó ese planteo y fijó una cuota mensual equivalente a la canasta de crianza del INDEC, al establecer que los beneficios estatales no suplen el deber del progenitor.

La causa se inició luego de que la madre denunciara que el padre no contribuía de forma regular ni asumía responsabilidades cotidianas. Indicó que vive con el niño, que cursa estudios en una universidad pública, trabaja de forma independiente y cubre sola los gastos de vivienda, alimentación, transporte, escuela y salud. Aseguró que sus ingresos no alcanzaban y que debía recurrir a ayuda familiar y de amistades.

El hombre ofreció una cuota de 150 mil pesos y sostuvo que sus ingresos provenían de trabajos esporádicos, sin bienes registrados ni empleo estable. Afirmó además que la madre tenía en su poder la tarjeta de débito que recibe la asignación familiar por hijo y la Tarjeta Alimentar, y argumentó que, sumando esos montos a su propuesta, su aporte superaría la mitad del costo estimado de crianza.

Esa interpretación fue descartada. La jueza sostuvo que las asignaciones estatales tienen un fin asistencial y no integran la cuota alimentaria, por lo que no pueden considerarse como parte del cumplimiento paterno. En la resolución dejó constancia de que el monto fijado “no incluye aportes estatales, que constituyen un derecho propio del niño”.

Durante el proceso se acreditó que el niño vive con su madre, asiste a una escuela pública, practica actividades deportivas y que el padre no cumple un rol activo, ni afectivo ni económico. Aunque en otra causa se había dispuesto un régimen de cuidado compartido, no llegó a implementarse. La madre, en cambio, asumió todas las tareas diarias: traslados, reuniones escolares, alimentación, vestimenta y actividades recreativas.

La sentencia también consideró el contexto económico de ambas partes. La mujer relató que su ingreso es inestable y que su situación se agravó tras un incendio que afectó su lugar de trabajo. Aun así, continuó con sus estudios universitarios y cubrió sola los gastos del niño. El hombre, por su parte, no aportó documentación sobre su actividad laboral, no acreditó ingresos reales y no volvió a designar abogado tras la renuncia de sus defensores.

En ese marco, la jueza resolvió fijar una cuota mensual equivalente a una canasta de crianza completa para la franja de 6 a 12 años, y determinó que la obligación se extenderá hasta los 21 años, salvo modificación judicial.

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