ENERGÍA
El Gobierno habilitó las Estaciones de Servicio Móviles para el expendio de combustibles
La Secretaría de Energía oficializó la incorporación de las Estaciones de Servicio Móviles al marco regulatorio del expendio de combustibles líquidos, a través de la Resolución 504/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
La normativa establece condiciones técnicas, operativas y registrales para el funcionamiento de depósitos portátiles destinados al abastecimiento minorista. Según lo dispuesto, estas estaciones móviles representan una herramienta relevante para garantizar el suministro en localidades que no cuentan con estaciones fijas en un radio cercano, reduciendo distancias y costos de traslado para los consumidores.
De acuerdo con los considerandos, este esquema busca favorecer el desarrollo productivo de las economías regionales, ofreciendo una modalidad de abastecimiento flexible, con menores costos de instalación y mantenimiento, y operable bajo estándares de seguridad.
La Secretaría de Energía ya había habilitado previamente el uso de tanques sobre terreno y otros formatos móviles. La nueva resolución define a las Estaciones de Servicio Móviles como “depósitos portátiles autónomos, totalmente equipados para el transporte y el abastecimiento de hidrocarburos”.
En materia regulatoria, la medida incorpora a estos operadores al Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos, y aprueba procedimientos específicos para dos modalidades:
-Estación modular portátil
-Estación de servicio móvil cisterna
Con esta actualización normativa, el Gobierno apunta a agilizar la instalación y reubicación de puntos de expendio, especialmente en zonas con baja cobertura de infraestructura fija. (Fuente NA)