PODER JUDICIAL
Creció sin su padre y pidió dejar atrás su apellido: la Justicia le dio la razón
Un niño de la ciudad de Cipolletti logró que la Justicia le permita dejar de usar el apellido de su padre biológico, con quien nunca tuvo vínculo, y ser inscripto únicamente con el apellido de su madre, la persona que lo crió y acompañó desde su nacimiento.
Según se desprende del fallo, el progenitor no estuvo presente durante el embarazo, el parto ni la crianza, y mantuvo solo un aporte económico limitado en el tiempo, sin participación afectiva ni contacto sostenido. Con el correr de los años, la ausencia se volvió permanente.
La madre del niño relató ante la Justicia el esfuerzo de criarlo sola, trabajando para sostener el hogar y brindándole contención emocional, mientras el padre se mantenía distante y sin involucramiento. Esa realidad, explicó, fue determinante en la construcción de la identidad del menor.
Cuando el niño comenzó su escolaridad, empezó a manifestar incomodidad con el apellido paterno, al no sentirse representado por una figura ausente. A los ocho años expresó por primera vez su deseo de usar el apellido materno, algo que ya hacía en la escuela, con amigos y en actividades deportivas.
Ante el pedido de que esa identidad también quedara reflejada en su documentación oficial, la madre presentó una demanda judicial. El padre fue debidamente notificado, pero no compareció ni respondió al proceso.
El Juzgado de Familia no solo analizó la prueba documental, sino que además escuchó al niño en audiencia, acompañado por la Defensora de Menores. El menor expresó con claridad que no se identificaba con el apellido paterno y que deseaba llevar el apellido que representaba su historia y su vida cotidiana.
El equipo técnico interviniente destacó la madurez del niño, su comprensión del alcance de la solicitud y consideró que el cambio constituía un cierre simbólico necesario, en línea con su bienestar emocional.
Con estos elementos, el juez dictó sentencia y determinó que existió abandono por parte del progenitor, por lo que resolvió privarlo de la responsabilidad parental. Asimismo, ordenó que el niño sea inscripto exclusivamente con el apellido materno y que su Documento Nacional de Identidad no incluya datos del padre biológico.
El fallo pone el foco en el derecho a la identidad, el interés superior del niño y la necesidad de que las decisiones judiciales reflejen las realidades afectivas y familiares, más allá de los vínculos formales.