BARILOCHE
Condenaron a la dueña de un perro por un ataque en la vía pública
Una mujer fue víctima de un violento ataque de un perro en plena vía pública, mientras caminaba hacia su lugar de trabajo por la mañana, en un barrio de Bariloche.
Desde el Poder Judicial informaron que tras el ataque, la víctima sufrió lesiones de consideración y secuelas estéticas permanentes, por lo que la Justicia Civil condenó a la dueña del animal a pagar una indemnización superior a los seis millones y medio de pesos.
Esa mañana, la mujer pasaba frente a una vivienda y el perro se lanzó sobre ella sin advertencia ni provocación previa. El animal la mordió reiteradamente en uno de sus brazos y recién se apartó tras varios intentos.
La víctima debió recibir atención médica de urgencia y continuar luego con tratamientos por las lesiones sufridas, que dejaron marcas visibles y permanentes.
Durante el proceso judicial, el juez civil interviniente dio por acreditado que el ataque ocurrió sin culpa de la víctima y que el perro se encontraba bajo la guarda de su propietaria.
Para reconstruir lo sucedido se valoraron actas policiales, registros de sanidad animal, documentación médica, fotografías y testimonios, lo que permitió descartar versiones alternativas de los hechos.
Responsabilidad objetiva y reparación del daño
El fallo se apoyó en el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial, que establece que el dueño de un animal responde por los daños que este cause, sin necesidad de probar negligencia o intención.
La ley solo admite eximir esa responsabilidad si se demuestra culpa de la víctima, intervención de un tercero o un hecho imprevisible, circunstancias que no fueron acreditadas en este caso.
La sentencia reconoció de manera autónoma el daño estético, al considerar que la cicatriz constituye una alteración permanente de la apariencia física, independientemente de que no afecte la capacidad laboral.
También se admitió el daño moral, en función del carácter traumático del ataque, el miedo experimentado y la alteración de la tranquilidad cotidiana de la mujer. Además, se reconocieron gastos médicos posteriores, vinculados a curaciones y tratamientos necesarios.
En cambio, el tribunal rechazó el reclamo por daño psicológico permanente, ya que una pericia concluyó que la víctima no presenta una patología psíquica duradera, sino reacciones esperables frente a un hecho violento. La sentencia no se encuentra firme, ya que puede ser apelada.