2026-02-11

PODER JUDICIAL

Reconocen identidad biológica de mujer que llegó desde Chile sin documentación

Tras décadas de confusión registral, una mujer logró que la Justicia rectificara su partida de nacimiento y reconociera a su verdadera madre biológica, gracias a un estudio de ADN y el consentimiento de los herederos.

Una mujer que llegó desde Chile sin documentación argentina logró reconstruir su historia y obtener judicialmente el reconocimiento de su verdadera identidad biológica.

En su infancia, al nacer en Cipolletti, otra persona le prestó documentación para poder inscribirla, de modo que quedó registrada como hija de quien no era su madre biológica. Décadas más tarde, ya adulta, la mujer inició un proceso judicial para que su partida de nacimiento reflejara su verdadero origen.

El primer paso fue una acción declarativa de certeza, mediante la cual solicitó que se confirmara el vínculo biológico con la mujer que señalaba como su madre, ya fallecida. El juzgado ordenó un estudio de ADN, que confirmó la relación de maternidad. Con ese resultado, el 6 de junio de 2025 se dictó la sentencia que acreditó el vínculo biológico.

Con ese antecedente, la mujer promovió una nueva acción solicitando que se dejara sin efecto la maternidad que figuraba en su partida de nacimiento y se la inscribiera como hija de su madre biológica, conforme lo establece el Código Civil y Comercial. Los herederos de la mujer fallecida no se opusieron al pedido, aceptando la rectificación a partir de la prueba genética y la sentencia previa.

La jueza de Familia destacó el valor decisivo de la prueba de ADN, y recordó que el respeto a la persona humana y a sus derechos de identidad son principios fundamentales de orden público. Se señaló que el derecho a la identidad incluye conocer el origen biológico, un dato esencial de la identidad de cada persona.

Finalmente, el fuero de Familia hizo lugar a la acción, rectificó la partida de nacimiento y ordenó que la mujer fuera registrada como hija de su madre biológica, mediante oficio al Registro Civil y Capacidad de las Personas.

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