PODER JUDICIAL
Ordenan indemnización a trabajadora de Viedma tras accidente vial y despido sin causa
Una trabajadora registrada de un establecimiento gastronómico en Viedma sufrió un siniestro vial que le provocó una lesión severa en el hombro, impidiéndole asistir a su empleo. Su entorno familiar notificó a la empresa sobre su situación y permaneció internada varios días.
A pesar de ello, la empresa le aplicó descuentos y luego dejó de pagarle su salario, lo que motivó que la trabajadora intimara a los dueños del restaurante y, ante la negativa, promoviera una demanda por despido sin causa.
La Cámara del Trabajo de Viedma analizó las comunicaciones y testimonios y concluyó que la empresa no acreditó debidamente la licencia anual alegada.
Además, la notificación de baja ante los organismos correspondientes se realizó con posterioridad, lo que permitió inferir que el vínculo laboral aún estaba vigente al momento de los hechos.
El fallo subrayó: “Si el empleado, luego de dar aviso del accidente y dentro del plazo legal de licencia por enfermedad no concurre a trabajar, el empleador en cumplimiento del principio de buena fe tiene que hacer las averiguaciones correspondientes, o ejercer el contralor médico a que tiene derecho o, mínimamente, intimar al trabajador”. En este caso, la empresa simplemente dejó de pagarle el sueldo.
Como resultado, la Cámara determinó que la trabajadora reciba la indemnización que establece la ley por despido sin causa, junto con las diferencias salariales correspondientes.