2026-03-05

PODER JUDICIAL

Exhumaron a un hombre para una prueba de ADN y confirmaron la paternidad de un adolescente en Cipolletti

La Justicia ordenó exhumar el cuerpo de un hombre fallecido para realizar una prueba genética. El ADN confirmó con más del 99,9% de probabilidad la filiación del joven.

Durante años, el nombre del padre no figuró en la partida de nacimiento de un adolescente de Río Negro. Según relató su madre, el niño nació en octubre de 2008 luego de una relación que se extendió durante casi dos décadas, aunque el vínculo se mantuvo en reserva porque el hombre estaba casado.

La inscripción del nacimiento se realizó sin consignar la identidad paterna, aunque la mujer sostuvo que el hombre cumplió en la práctica el rol de padre: compartía momentos familiares, mantenía contacto con el niño y participaba de distintas actividades de su vida cotidiana.

El reconocimiento legal, sin embargo, nunca se formalizó. El hombre falleció en diciembre de 2020 y, tiempo después, la madre inició una acción judicial en representación de su hijo para que se declarara la filiación extramatrimonial del adolescente. La causa tramitó en el fuero Civil de Cipolletti, donde también se encontraba radicada la sucesión.

La demanda fue presentada contra las hijas del hombre fallecido, en su carácter de herederas. En el expediente, la mujer explicó que la demora en iniciar el proceso respondió a razones emocionales y señaló que su hijo expresó el deseo de llevar el apellido paterno y obtener el reconocimiento legal de un vínculo que, según afirmó, ya existía en los hechos.

Las herederas reconocieron el fallecimiento de su padre y la autenticidad de algunos documentos, pero negaron la existencia de la relación de pareja y descartaron que hubiera existido un vínculo paterno con el adolescente.

Ante esa controversia, las propias demandadas aceptaron la realización de una prueba genética para determinar si existía vínculo biológico. Incluso plantearon la posibilidad de exhumar el cuerpo del hombre para obtener muestras que permitieran realizar el estudio científico.

El juzgado ordenó esa medida y, tras la exhumación, las muestras biológicas fueron enviadas al Laboratorio de Genética Forense de Bariloche.

El informe pericial llegó al expediente en septiembre de 2025 y fue contundente: la probabilidad de paternidad resultó superior al 99,9 por ciento. Ninguna de las partes impugnó el resultado.

El juez recordó en la sentencia que las pruebas genéticas tienen un alto valor científico en los procesos de filiación, citando precedentes de la Corte Suprema que destacan la certeza que aportan estos estudios.

En el proceso también se realizó una audiencia de escucha con el adolescente, quien expresó su voluntad de llevar el apellido paterno y ratificó el pedido presentado en la causa.

Con base en la prueba genética, el magistrado declaró que el joven es hijo extramatrimonial del hombre fallecido y ordenó al Registro Civil modificar la partida de nacimiento para incorporar el apellido paterno, conforme a lo dispuesto en la sentencia.

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