PODER JUDICIAL
Roca: ordenan a un club regularizar a trabajadores con hasta 34 años de antigüedad
La Justicia laboral de General Roca ordenó a un club local regularizar la situación de cuatro trabajadores con hasta 34 años de antigüedad, tras detectar irregularidades en la registración laboral y en el pago de aportes.
El fallo hizo lugar a la demanda presentada por los empleados contra el Club Social y Deportivo General Roca, y dispuso el recalculo de diferencias salariales y la regularización de los aportes a la seguridad social.
Según se acreditó en el expediente, las fechas de ingreso registradas por el club no coincidían con el inicio real de las relaciones laborales, omitiendo en algunos casos hasta cuatro años de trabajo efectivo, lo que implicó períodos de informalidad.
Además, se comprobó que la institución dejó de realizar aportes jubilatorios y de obra social, a pesar de haber efectuado las retenciones sobre los salarios de los trabajadores.
Durante el proceso, cada empleado detalló su situación particular. Se verificaron diferencias en las fechas de ingreso, errores en la liquidación de adicionales como antigüedad, presentismo y zona desfavorable, y deudas salariales en distintos períodos.
Entre los casos analizados, una trabajadora con 20 años de antigüedad realizaba tareas administrativas y de servicio, incluyendo limpieza de vestuarios, confección de fichas y cobro de cuotas. Otros dos empleados, con 26 y 36 años de servicio, se desempeñaban en mantenimiento general, mientras que un cuarto trabajador cumplía funciones como guardavidas, con 16 años de antigüedad reconocida.
El club no contestó la demanda en tiempo oportuno, lo que derivó en la declaración de rebeldía, generando una presunción favorable a los hechos expuestos por los trabajadores. Si bien posteriormente se presentó, no logró revertir los planteos principales.
Los jueces dieron por acreditadas las relaciones laborales, así como las tareas, jornadas y fechas reales de ingreso de los demandantes.
En la sentencia también se diferenciaron las situaciones según el tipo de jornada. Para quienes trabajaban de manera parcial, los adicionales deberán calcularse de forma proporcional, mientras que en el caso del guardavidas se reconoció una jornada especial, con un criterio distinto de liquidación.