2026-04-14

PODER JUDICIAL

Condenan a empleador por trabajo rural en condiciones precarias

La Justicia laboral responsabilizó a un empleador de la zona de El Bolsón por trabajadores rurales que denunciaron jornadas de hasta 12 horas, falta de registración y condiciones de alojamiento inadecuadas.

Dos trabajadores rurales que llegaron desde otra provincia para desempeñarse en un establecimiento de la zona de El Bolsón denunciaron haber sido sometidos a condiciones laborales precarias, con jornadas extensas, falta de registración y alojamiento inadecuado.

Según surge del expediente, comenzaron a trabajar en diciembre de 2020 en una chacra ubicada en Costa del Río Azul, en Mallín Ahogado Alto, donde realizaban tareas vinculadas a la producción agrícola como cosecha, poda, desmalezamiento, mantenimiento y embalaje.

La relación laboral se desarrolló sin registración formal, sin aportes previsionales y sin respaldo legal, situación que luego fue considerada central en el análisis judicial del caso.

A ello se sumaron jornadas de trabajo que se extendían desde las 8 hasta las 20 horas, con actividad incluso durante los fines de semana y sin descansos compensatorios, lo que agravó el reclamo de los trabajadores.

También se cuestionaron las condiciones de alojamiento, ya que los empleados residían dentro del mismo predio rural en espacios que describieron como inadecuados.

En ese contexto, los trabajadores denunciaron malos tratos y solicitaron la intervención de autoridades laborales, lo que derivó en actuaciones en la zona y marcó un punto de inflexión en el conflicto.

Ante la falta de respuesta del empleador a los reclamos de regularización y pago de diferencias salariales, los trabajadores se consideraron despedidos e iniciaron una demanda judicial.

El proceso se desarrolló sin la participación del demandado, quien no se presentó ni contestó la demanda, por lo que el tribunal tuvo por acreditados los hechos expuestos.

El fallo consideró probada la existencia del vínculo laboral, su falta de registración y las condiciones denunciadas, y entendió que los incumplimientos justificaron el despido indirecto.

En consecuencia, la sentencia reconoció indemnizaciones por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, vacaciones y aguinaldo, además de sanciones por trabajo no registrado y por haber obligado a los trabajadores a judicializar el reclamo.

También se ordenó la entrega de la documentación laboral correspondiente en un plazo determinado, bajo apercibimiento de multas.

El monto final de la condena será determinado en la etapa de liquidación, donde se calcularán los distintos rubros con intereses. El fallo de primera instancia no está firme y puede ser apelado.

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