PODER JUDICIAL
Fallo en Viedma reconoce la filiación tras prueba de ADN positiva
Una mujer de Viedma inició una acción de filiación en representación de su hija menor de edad, luego de señalar que el hombre indicado como progenitor no reconoció el vínculo tras el nacimiento.
El Poder Judicial hizo lugar a la demanda y declaró la existencia de la filiación biológica, a partir de una prueba de ADN que confirmó la paternidad.
Según surge del expediente, la madre relató que mantuvo una relación breve con el demandado y que, tras el embarazo, se trasladó fuera de la ciudad. Posteriormente regresó para el nacimiento y comunicó la situación al hombre, quien habría mostrado una actitud reticente, lo que derivó en el inicio del proceso judicial.
Durante el trámite, la jueza de familia ordenó la realización de estudios de ADN a través del Cuerpo de Investigación Forense. El demandado no asistió a varias citaciones iniciales, lo que demoró la obtención de la muestra, aunque finalmente la extracción se concretó y fue enviada al laboratorio para su análisis.
El informe pericial arrojó una probabilidad de paternidad superior al 99,9%, y no fue cuestionado por las partes, por lo que fue considerado prueba determinante.
En su resolución, el juzgado aplicó las normas del Código Civil y Comercial de la Nación que regulan la filiación extramatrimonial, las cuales contemplan tanto el reconocimiento voluntario como la determinación judicial del vínculo a partir de distintos medios probatorios, especialmente los genéticos.
El fallo también valoró la falta de respuesta del demandado y la ausencia de reconocimiento previo como elementos relevantes dentro del expediente.
Finalmente, la sentencia hizo lugar a la demanda y declaró la existencia del vínculo filial entre la niña y el hombre señalado, en base al resultado de la pericia genética incorporada a la causa.