PODER JUDICIAL
Invocó ser propietario y despojó a ocupantes: ordenan la restitución de un predio en El Bolsón
Un conflicto por la ocupación de un terreno en El Bolsón derivó en una resolución judicial que ordenó la restitución inmediata del predio, luego de que una persona ingresara al lugar con maquinaria pesada y desplazara a quienes ejercían su posesión material.
El caso fue tramitado ante el Juzgado Multifueros de El Bolsón, que hizo lugar a un interdicto de recobrar, una herramienta legal que no define la propiedad del inmueble, sino que protege la posesión o tenencia frente a despojos por vías de hecho.
Según el expediente, el conflicto se originó en una fracción ubicada sobre avenida Belgrano, donde la parte demandante afirmó que utilizaba el terreno desde hacía años, realizando tareas, guardando maquinaria, herramientas y vehículos, y manteniendo construcciones tipo oficina o tinglado.
La otra parte sostuvo ser titular registral del inmueble y presentó documentación dominial, negando que existiera una fracción independiente o una posesión previa por parte del reclamante.
Sin embargo, la resolución judicial centró el análisis en la situación de hecho previa, y no en la titularidad registral, destacando que lo relevante era determinar quién ejercía el control material del predio antes del conflicto.
De acuerdo a la reconstrucción judicial, la persona demandada ingresó al lugar, solicitó el retiro de vehículos, luego avanzó con maquinaria pesada, retiró el cerco existente, realizó excavaciones y colocó un nuevo alambrado, lo que provocó el desplazamiento efectivo de los ocupantes.
También se denunció el corte del suministro de agua que abastecía a propiedades linderas, lo que fue incorporado como parte del análisis del conflicto.
Durante el proceso se valoraron actas policiales, fotografías, testimonios, una inspección ocular y una causa penal por presunta usurpación, elementos que permitieron al tribunal reconstruir la situación de posesión previa.
La magistrada interviniente sostuvo que el debate sobre la escritura o la extensión del inmueble no resultaba determinante en este tipo de procesos, ya que el objeto del interdicto es proteger la posesión frente a actos de despojo, independientemente del derecho de propiedad.
Asimismo, el juzgado consideró que la fracción del terreno se encontraba suficientemente individualizada mediante planos, fotografías y antecedentes incorporados a la causa.
En consecuencia, la sentencia concluyó que existió una posesión anterior acreditada y un posterior despojo material, por lo que ordenó la restitución del predio en un plazo de diez días.
En caso de incumplimiento, el tribunal podrá disponer el lanzamiento con auxilio de la fuerza pública. El fallo aún no está firme y puede ser apelado.