2026-06-19

FISCALÍA

Imputaron al conductor por el choque que causó la muerte de Nahuel Maliqueo

La Fiscalía formuló cargos contra un hombre acusado de provocar un choque ocurrido en noviembre de 2025 en la avenida Bustillo. En el siniestro falleció el motociclista Nahuel Aucán Maliqueo. La investigación tendrá un plazo de cuatro meses.

La Justicia de Río Negro formuló cargos contra un hombre acusado de haber provocado un siniestro vial que terminó con la muerte del motociclista Nahuel Aucán Maliqueo en la zona oeste de San Carlos de Bariloche.

Según la acusación presentada por el fiscal Guillermo Lista, el hecho ocurrió el 30 de noviembre de 2025, entre las 16:45 y las 17 horas, en la intersección de la avenida Exequiel Bustillo y Río Minero, a la altura del kilómetro 13,500.

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De acuerdo con la investigación preliminar, el imputado conducía una camioneta en sentido sur-norte y habría intentado girar hacia la izquierda para ingresar a la calle Río Minero. La Fiscalía sostiene que realizó esa maniobra sin verificar adecuadamente la circulación del tránsito que avanzaba en sentido contrario.

Según la teoría del caso presentada durante la audiencia, el conductor habría invadido la mano opuesta e interceptado la trayectoria de la motocicleta que conducía Maliqueo, provocando una colisión de gran violencia.

Como consecuencia del impacto, la víctima fue despedida de su vehículo y sufrió lesiones de extrema gravedad. La autopsia incorporada al expediente determinó que falleció a causa de una hemorragia interna por traumatismo cerrado de tórax y un traumatismo craneoencefálico sufrido durante el choque.

La Fiscalía consideró que el hecho se produjo por una presunta inobservancia del deber de cuidado exigido para la conducción de vehículos automotores, al no ceder el paso antes de atravesar una vía de circulación contraria. En ese marco, sostuvo que la maniobra vulneró disposiciones previstas en la Ley Nacional de Tránsito.

Entre las pruebas reunidas durante la investigación se encuentran actuaciones policiales, informes de Criminalística, registros de cámaras de seguridad, pericias médicas, estudios técnicos sobre la mecánica del siniestro, documentación vinculada al caso y testimonios de personas que presenciaron el hecho.

Uno de los informes técnicos incorporados al legajo concluyó que la motocicleta circulaba a una velocidad superior a la permitida. Sin embargo, la Fiscalía entendió que esa circunstancia no excluye la responsabilidad atribuida al conductor de la camioneta, al considerar que la colisión se produjo a partir de la maniobra de giro que interceptó la trayectoria del rodado conducido por la víctima.

La querella adhirió a la formulación de cargos y acompañó la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal, así como el plazo solicitado para continuar con la investigación.

Por su parte, la defensa particular rechazó la acusación. Durante la audiencia, el imputado hizo uso de su derecho a declarar y brindó su versión de los hechos.

El caso fue calificado provisoriamente como homicidio culposo por la conducción negligente, imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, figura prevista en el Código Penal y en la normativa nacional de tránsito.

Finalmente, el Juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos expuestos por la Fiscalía y estableció un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación preparatoria penal, que se extenderá hasta el próximo 19 de octubre.

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