PODER JUDICIAL
Un comisario de Río Negro cobró un centavo de sueldo y la Justicia limitó los descuentos salariales
Durante más de un año, un comisario de la Policía de Río Negro vio cómo los descuentos aplicados sobre su salario crecían de manera progresiva hasta absorber prácticamente la totalidad de sus haberes. La situación alcanzó un extremo inédito en junio de 2026, cuando, tras cumplir con su jornada laboral, recibió un depósito de apenas $0,01.
Frente a ese escenario, la Cámara Segunda del Trabajo de General Roca hizo lugar, de manera provisoria, a una medida cautelar presentada por el efectivo policial y ordenó que las retenciones derivadas de préstamos y otras obligaciones no superen el 33 por ciento de la remuneración, una vez descontados los aportes obligatorios.
La resolución judicial tiene un carácter provisorio y aún no se encuentra firme, por lo que puede ser apelada. Además, el tribunal intimó al trabajador a iniciar, en un plazo máximo de diez días, una demanda contra las entidades crediticias involucradas para resolver definitivamente la situación.
Según surge de la presentación judicial, durante catorce meses los descuentos llegaron a representar hasta el 90,13% de sus haberes. En junio de este año, pese a contar con una remuneración bruta superior a los 3,9 millones de pesos, el monto finalmente acreditado fue de un centavo.
Al analizar el caso, las y los magistrados verificaron que los recibos de sueldo reflejaban una disminución constante del ingreso disponible, hasta llegar a una situación que calificaron como incompatible con el carácter alimentario del salario. En ese sentido, consideraron que el nivel de descuentos comprometía la subsistencia del trabajador y de todo su grupo familiar.
La causa también puso de relieve la situación de una de las hijas del comisario, quien presenta graves patologías neurológicas y motrices. Como consecuencia de la falta de recursos, la familia no solo enfrentaba dificultades para afrontar gastos esenciales como alquiler, alimentación y servicios, sino que además debió interrumpir tratamientos complementarios de rehabilitación, entre ellos equinoterapia y natación terapéutica.
En su resolución, la Cámara Segunda del Trabajo recordó que, si bien actualmente existe un vacío normativo respecto del límite de descuentos aplicables a los empleados públicos provinciales, la propia jurisprudencia del fuero ya había considerado razonable establecer un tope del 33% para resguardar el derecho al salario y garantizar condiciones de vida dignas.
En consecuencia, el tribunal ordenó a la Jefatura de Policía de Río Negro controlar que las retenciones no superen ese porcentaje y dejar sin efecto cualquier descuento que exceda ese límite mientras dure la medida cautelar. No obstante, aclaró que la solución definitiva dependerá del proceso judicial que el trabajador deberá iniciar contra las entidades acreedoras dentro del plazo fijado.