2026-07-28

PODER JUDICIAL

Un hombre logró reconocer a su hijo tras una prueba de ADN con más del 99,999% de certeza

El hombre había intentado acordar un estudio genético mediante una instancia de mediación, pero al no obtener respuesta inició una acción de filiación. La Justicia de Río Negro reconoció el vínculo biológico y ordenó su inscripción como progenitor del niño.

Un hombre que buscaba ejercer su derecho a la paternidad y al reconocimiento de su hijo tuvo que recurrir a la Justicia para determinar el vínculo biológico, luego de no poder avanzar mediante una instancia de acuerdo con la madre del niño.

El caso fue resuelto por el fuero de Familia de Villa Regina, que hizo lugar a la demanda de filiación presentada por el hombre y reconoció su condición de padre tras una prueba genética realizada por el Laboratorio Regional de Genética Forense del Poder Judicial de Río Negro, que determinó una probabilidad de paternidad superior al 99,999 por ciento.

Según explicó en su presentación judicial, el hombre había mantenido una relación de pareja con la mujer durante varios meses y el embarazo se produjo mientras ambos se encontraban juntos. Al conocer la noticia de que podía ser padre, manifestó su intención de acompañar el proceso de gestación y asumir ese rol.

Sin embargo, relató que con el paso del tiempo la comunicación entre ambos se interrumpió. Indicó que, mientras se encontraba fuera de la provincia por motivos familiares, la mujer confirmó el embarazo pero no se lo informó. Al regresar, aseguró que intentó acercarse y acompañarla, aunque sostuvo que esa posibilidad fue rechazada en reiteradas oportunidades.

De acuerdo con la demanda, luego surgieron conflictos entre la mujer y su entorno familiar, hasta que ella se trasladó a vivir con su nueva pareja y la comunicación prácticamente quedó interrumpida. El hombre señaló que tampoco pudo conocer al niño luego de su nacimiento.

Antes de iniciar la vía judicial, intentó resolver la situación mediante una mediación, con el objetivo de acordar la realización de un estudio de ADN que permitiera despejar cualquier duda sobre la paternidad. Sin embargo, afirmó que la mujer no asistió a esa audiencia, por lo que decidió iniciar una acción de filiación.

Durante el proceso, el hombre también denunció haber recibido llamadas y mensajes intimidatorios desde el teléfono de la actual pareja de la mujer, en los que le solicitaban que desistiera de su reclamo. Según indicó, esos hechos fueron puestos en conocimiento de la Justicia penal.

La jueza interviniente destacó la importancia de la prueba genética en este tipo de procesos y señaló que, si bien la legislación permite utilizar distintos medios para acreditar un vínculo familiar, los estudios de ADN tienen un valor especial debido al principio de verdad biológica.

En la resolución, la magistrada sostuvo que la pericia genética permitió alcanzar una certeza prácticamente absoluta respecto de la paternidad y consideró acreditado el vínculo biológico planteado en la causa.

Como consecuencia del fallo, el juzgado ordenó la inscripción del hombre como progenitor del niño en el Registro Civil, estableciendo formalmente el vínculo filial.

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