2026-09-02

Absolvieron por legítima defensa al acusado por la muerte de Gastón Latiff

Un tribunal resolvió por unanimidad absolver a Ismael Nicolás Choque Vargas por la muerte de Gastón Marcelo Latiff, ocurrida en febrero de 2025 en una despensa de Bariloche. Los jueces entendieron que actuó en legítima defensa y ordenaron su inmediata libertad.

El tribunal integrado por los jueces Sergio Pichetto, Martín Arroyo y Bernardo Campana absolvió a Ismael Nicolás Choque Vargas, acusado por la muerte de Gastón Marcelo Latiff, ocurrida el 10 de febrero de 2025 en la despensa Quimey Ruca de Bariloche.

Durante el juicio no estuvo en discusión que Choque Vargas había provocado la lesión que derivó en la muerte de Latiff. El debate se concentró en determinar bajo qué circunstancias ocurrió el hecho y si la conducta del acusado podía encuadrarse dentro de la legítima defensa.

La Fiscalía y la querella habían solicitado que fuera declarado responsable por homicidio simple, mientras que la Defensa Pública Penal reclamó su absolución.

De acuerdo con la reconstrucción realizada durante el debate, Latiff y su pareja ingresaron violentamente al comercio luego de perseguir a cuatro hombres con quienes mantenían un conflicto. En ese contexto se produjeron golpes contra la puerta, roturas y gritos.

Una vez dentro del local, Latiff comenzó a forcejear con el propietario del comercio. Choque Vargas, quien se encontraba allí junto a su pareja, intervino para intentar separarlos.

Para los jueces, esa primera intervención estuvo comprendida dentro de la legítima defensa de un tercero. Sin embargo, posteriormente la agresión se dirigió contra Choque Vargas, generándose lo que el tribunal calificó como una “agresión física real, actual y objetiva”.

A partir de esa situación, los magistrados consideraron probado que existió una agresión ilegítima y descartaron que hubiera mediado una provocación suficiente por parte del acusado.

Uno de los puntos centrales del juicio fue determinar si Latiff había dejado de atacar antes de recibir la herida mortal. La acusación sostuvo que se encontraba en retirada hacia la puerta del comercio cuando fue lesionado en el cuello.

El tribunal rechazó esa interpretación y sostuvo que “ningún elemento acredita que Latiff estuviera en retirada”.

Los jueces analizaron testimonios, pericias criminalísticas y los resultados de la autopsia. Concluyeron que Latiff fue herido y cayó dentro del comercio, mientras que posteriormente su cuerpo fue desplazado hacia la salida.

También tuvieron en cuenta las lesiones que presentaba en manos y dedos, consideradas compatibles con una participación activa durante el enfrentamiento.

Este aspecto resultó determinante para establecer si había existido un exceso en la legítima defensa. Para los magistrados, no quedó demostrado que la agresión hubiera cesado antes de producirse la lesión mortal.

El tribunal también se refirió a la cantidad de heridas que recibió Latiff y remarcó que “el número de lesiones no mide, por sí, el exceso”.

Según explicaron los jueces, debía analizarse si la agresión continuaba al momento de producirse cada lesión. La herida en el cuello fue la última de la secuencia y ningún testigo indicó que Choque Vargas continuara atacándolo después de que Latiff se tomara el cuello y cayera.

Para evaluar la necesidad del medio utilizado, los magistrados tuvieron en cuenta la violencia del episodio, la diferencia de contextura física entre los involucrados, la ausencia de una salida segura y el intento de Latiff de apoderarse del cuchillo.

La disputa por el arma, señalaron, incrementó el riesgo que enfrentaba Choque Vargas. Además, el tribunal consideró que no se acreditó que existiera en ese momento otra alternativa menos lesiva y con igual eficacia para detener la agresión.

“No puede juzgarse la conducta del agredido en la comodidad del después, sino en la urgencia del instante en que debió decidir”, expresó el tribunal.

Los jueces también afirmaron que no podía exigirse al acusado una “conducta heroica” ni que esperara recibir una lesión grave antes de defenderse.

Otro elemento valorado fue lo ocurrido inmediatamente después del ataque. Una vez finalizada la agresión, Choque Vargas dejó el cuchillo, intentó contener la hemorragia con un paño y realizó maniobras para asistir a Latiff.

Al finalizar la lectura del veredicto, el tribunal dirigió unas palabras a la familia de la víctima y aclaró que la decisión judicial no implicaba realizar un juicio sobre Latiff como persona ni desconocer el dolor generado por su muerte.

Finalmente, los magistrados consideraron reunidos los tres requisitos necesarios para configurar la legítima defensa: la existencia de una agresión ilegítima, la ausencia de provocación suficiente y la necesidad racional del medio empleado.

Por ese motivo, resolvieron absolver a Choque Vargas y ordenaron su inmediata libertad. La sentencia todavía no está firme y puede ser impugnada.

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